_
_
_
_
Tribuna:EL PROBLEMA DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Sí, se pueden evitar las muertes en el trabajo

Mucho se está hablando estos días sobre la eficacia de las medidas que obliguen a una empresa -matriz, contrata o subcontrata- a cumplir una ley que persigue minimizar, hasta erradicar, el riesgo de tener un accidente o de contraer una enfermedad por el hecho de desarrollar un trabajo profesional.

Contribuiré a ese debate asegurando, ya de entrada, que es posible, si se tiene la voluntad de ello, acabar con las muertes evitables en el trabajo. Nada más, ni nada menos. Esta rotunda afirmación no es fruto de una ensoñación producto de una fantasía obrera, sino de la aplicación de principios científicos basados en el empirismo, consecuencia de cuyo análisis, podemos concluir, que las muertes en el trabajo -todas- tienen una causalidad concreta, definida, específica.

Las muertes en el trabajo hoy -la práctica totalidad por caída o aplastamiento, como en la antigua Persia o en el Imperio Romano (viva la revolución científico-técnica y el siglo XXI)-, no forman parte del paisaje. Ni son un canon que hay que abonar por exigencia del progreso. Ni son -como parece que piensan algunos empresarios- hechos casuales debidos a la ley de la gravedad. La gravedad es la fuerza de atracción que experimentan dos objetos con masa. Esa fuerza es directamente proporcional al producto de las masas de cada uno, e inversamente proporcional al cuadrado de la distancia que los separa. O sea: "Se ha caído porque pesa más que el aire, claro". Así que, como no podemos pedir la abolición de la Ley de la Gravitación Universal siempre se tendrán que caer trabajadores o sufrir aplastamientos o golpes por caídas de objetos. Pues no, y no es frivolidad, aunque pueda parecerlo, dada la gravedad -de grave y no de gravitación- de este asunto.

Estas muertes tienen un motivo. Obedecen a una razón o a la concatenación de varias: ejecución con o sin subcontratación que persigue abaratar el precio y, por tanto, regatea los recursos preventivos; prolongación excesiva de la jornada laboral; precariedad y alta rotación en la contratación de trabajadores; falta de controles de la Inspección; obstrucción al trabajo sindical; ausencia de planes de prevención laboral o, en ciertos casos que ya empiezan a no ser anecdóticos, trabajadores -inmigrantes o no- a quienes sus empleadores no les hacen ni contrato.

Es larga la cadena que va desde un trabajador de empresa matriz, con más o menos garantías laborales donde no hay accidentes o casi, a la subcontrata donde hay otros trabajadores que hacen la misma tarea, pero más barato, y ya ven reducidas sus medidas preventivas, pasando por el subcontratado precario, el trabajador autónomo -o falso autónomo que se regatea la seguridad y la salud a sí mismo por mor del cuadre del presupuesto-, hasta llegar al inmigrante -con papeles o sin papeles- que lo último que conoce, y mucho menos reivindica, son sus derechos mínimos. Eslabones casi siempre no justificados. Causas objetivas de accidentes laborales. Su excelencia el beneficio se impone a la defensa de la vida.

Y hete aquí que hemos dado en Sevilla, desde una administración local que no tiene competencias siquiera para ello, un paso de gigante en la defensa de la salud y la vida de los trabajadores. Las cláusulas contra la siniestralidad, que contienen los pliegos que firman los empresarios que quieran hacer obras para el Ayuntamiento, son la demostración más palmaria de que se pueden evitar los accidentes cuyas causas sean las objetivables.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Obligar al empresario con quien contrata el Ayuntamiento de Sevilla, y a tantas subcontratas con que subrogue el trabajo, a que tiene que extremar el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a que tiene que aceptar los controles de los técnicos sindicales en prevención, a que tiene que comprender que lo que ellos llaman gastos en prevención son inversiones en salud que no les restan beneficios sino que le aumentarán las contrataciones, es evitar las muertes enunciadas. Y es al calor del debate sobre las reformas de la Constitución, cumplir el artículo 40.2 de la Constitución española que encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Este mandato conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo y encuentra en la ley su pilar fundamental.

Y yo me pregunto que si lo hemos impulsado desde una administración local, dónde queda escrito que no se pueda hacer lo mismo desde la autonómica, que, además, tiene BOJA, o desde la estatal, que incluso dispone de un BOE. Sólo hace falta una de-ci-di-da voluntad de hacerlo. No basta con lamentar las muertes. Ya no. Hay que dar un paso más que no sea el de siempre, huyendo de los lugares comunes y de las explicaciones al uso.

Me pregunto, además, para aportar otro elemento al debate de la seguridad en el trabajo, cuál es la extraña razón por la que las organizaciones sindicales no toman nuestra experiencia en el Ayuntamiento de Sevilla y la exportan al resto de los ámbitos municipales, autonómicos o ministeriales. Los grandes debates sobre reforma laboral o las grandes concertaciones autonómicas tienen ya herramientas probadas en las que referenciarse que han conseguido -y ojalá que lo sigan consiguiendo- que no haya habido ningún accidente de trabajo digno de mención en el ámbito del Ayuntamiento de Sevilla desde que se implantaron estas medidas en el año 2004.

Estas cláusulas contra la siniestralidad laboral son la principal contribución del grupo municipal de IU de Sevilla ciudad a la vida y a la salud de los trabajadores. Extiéndanse, aun reconociendo, que si no son el paso definitivo para evitar todas las muertes en el trabajo, sí pueden representar la puerta que se abra a un futuro garantista que deje atrás estas prehistóricas causalidades por las actuales muertes en el trabajo.

Antonio Rodrigo Torrijos es 5º teniente de alcalde y delegado de Empleo y Distrito Sur del Ayuntamiento de Sevilla

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_