Los expertos del PSOE ven puntos de dudoso encaje constitucional en el Estatuto catalán
Los juristas rechazan el modelo de financiación pero avalan verbalmente el término "nación"
El informe encargado por el PSOE a cuatro catedráticos de Derecho Constitucional, que hoy aprobará la ejecutiva federal del partido, considera de dudosa constitucionalidad varios puntos de la propuesta de reforma del Estatuto catalán, sobre todo en materia de financiación y de modificación de leyes orgánicas y traspaso a la Generalitat de competencias reservadas al Estado. En cambio, los expertos creen -y así se lo transmitieron verbalmente el viernes a la dirección socialista- ajustado a la Ley Fundamental que Cataluña se defina como "nación", pues el término no implica atribuir soberanía.
El documento ha sido redactado por cuatro catedráticos de Derecho Constitucional: Javier García, de la Universidad de Valladolid; Alejandro Sáiz, de la Universidad del País Vasco; Francisco Balaguer, de la Universidad de Granada y Manuel Medina, de la Universidad de Sevilla.
Éstas son las principales conclusiones del informe respecto a los puntos conflictivos del Estatuto.
- Financiación. Los expertos consideran de difícil encaje constitucional este título, porque el Estatuto no es la "fuente de derecho constitucional preordenada para reorganizar las relaciones financieras" entre el Estado y las autonomías. Los juristas entienden que la reforma estatutaria, más allá de enumerar principios generales, "agota la materia" al detallar los mecanismos del nuevo modelo de financiación.
- Competencias. El informe ha evitado analizar el despliegue competencial, en materias y submaterias, que detalla el proyecto de Estatuto por si se aprecian invasiones de las competencias reservadas al Estado que recoge la Constitución.
En cambio, los juristas sí han examinado la división que propone la reforma entre competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas. Los expertos han propuesto una redacción alternativa menos detallista, porque entienden que la reforma catalana, de rebote, también delimita las competencias estatales. El informe aconseja que esta redacción sea igual en todas las reformas estatutarias para evitar posibles asimetrías competenciales entre comunidades autónomas.
- Reforma de leyes orgánicas y 150.2. El nuevo Estatuto propone en su actual redactado la reforma de nueve leyes estatales, cuatro de ellas orgánicas, y el traspaso a la Generalitat de 10 competencias reservadas al Estado, entre ellas la gestión de puertos y aeropuertos. El informe de los juristas insiste en la posible inconstitucionalidad de estos aspectos, pues el Estatuto no puede imponer "mandatos" al legislador estatal, ya que las reformas legislativas o el traspaso o delegación de competencias compete exclusivamente al Gobierno central.
Los juristas matizan que, en el caso de las reformas legislativas, el redactado del Estatuto puede no tener un carácter imperativo, pues las competencias que recoge no entrarán en vigor hasta la futura modificación de la ley estatal. No obstante, entienden que ello también acarrea problemas, pues "devalúa la condición normativa del Estatuto", ya que algunos artículos no tendrían efecto si la futura ley orgánica ya reformada no incorporara lo establecido en el Estatuto.
El informe, por tanto, propone tramitar en el Congreso la reforma de estas leyes orgánicas en paralelo al Estatuto mediante proposiciones de ley surgidas del Parlamento catalán.
- Nación. El dictamen no contiene un pronunciamiento por escrito sobre el conflictivo término "nación" para definir a Cataluña, pues la dirección del PSOE pidió que las opiniones sobre este asunto se expresaran verbalmente. Los juristas entienden que esta definición es constitucional, pues no implica atribuir soberanía.
- Derechos históricos. El Estatuto, en su artículo 5, señala que el autogobierno catalán también se fundamenta en los derechos históricos, a través de los cuales la Generalitat adquiere una "posición singular" en "Derecho Civil, lengua, educación, cultura y el sistema institucional en que se organiza". El informe considera constitucional este artículo, pero recomienda suprimir la competencia en educación.
- Lengua catalana. El informe no aprecia ninguna vulneración constitucional, ni siquiera cuando se establece el derecho y deber de conocer el catalán. Los juristas tan sólo aprecian dudas respecto al requisito de saber catalán para magistrados, jueces, fiscales y personal de la Administración de Justicia, pues ello corresponde determinarlo a la Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Carta de derechos y deberes. Lejos de apreciar posibles problemas legales, los expertos valoran la inclusión en el proyecto de una carta de derechos y deberes de los ciudadanos limitada a las competencias de la Generalitat.
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