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Crítica:LIBROS
Crítica
Género de opinión que describe, elogia o censura, en todo o en parte, una obra cultural o de entretenimiento. Siempre debe escribirla un experto en la materia

Internet lo cambia todo

En Internet circulan millones de canciones, películas, escritos y otras obras protegidas por el derecho de autor. Obras que los internautas de las distintas esquinas del globo intercambian en ocasiones sin control alguno. De esta realidad parte la autora para llegar a la conclusión de que la Red no sólo ha supuesto una revolución para las comunicaciones y la economía, sino que también ha provocado un terremoto jurídico. El que enfrenta al derecho de autor que portege a estas creaciones y el derecho de información de quienes las disfrutan.

De la tensión entre ambos surge la teoría que sostiene esta profesora y que se sitúa a medio camino entre los juristas que defienden el sistema antiguo del derecho de propiedad intelectual -de carácter nacional y muy rígido para un medio global- y los que abogan por la muerte del derecho de autor. Como concluye Rosa María García Sanz, "ni control absoluto ni libertad absoluta, sino aquella posición que permitiendo el máximo respeto de la arquitectura de la red y la máxima libertad, tan rentable para la creatividad, también posibilite incentivo moral y económico al autor".

Es decir, que hay que seguir compensando a los autores, pero debe hacerse de forma muy diferente a la actual. Para la autora, la forma en que se distribuyen las obras en Internet hace imposible que la retribución sea por copia, tal y como sucede en el mundo real. Disco vendido, ingresos para el autor. En la Red la medición es menos directa, asegura García Sanz, ya que se basa en accesos y es imposible controlar las copias posteriores. También va todo mucho más rápido, por lo que sería lógico que los plazos para que la obra pasara a dominio público se acortaran, asegura.

La autora propone un sistema en el que coexistan el mundo real y el virtual. En el real estarían los registros que establecerían la originalidad y el objetivo de la obra y en función de ellos se modularía el régimen jurídico y la intensidad de protección. El arbitraje sería la fórmula para resolver los conflictos que pudieran surgir, que García Sanz considera numerosos hasta que se celebren acuerdos globales que armonicen estas cuestiones.

Para llegar a estas conclusiones la autora desgrana en cinco capítulos los temas fundamentales del problema -equilibrio entre los intereses privados de los autores y el interés público; problemática jurídica del derecho de autor en el ciberespacio; problemas de la aplicación del régimen vigente en Internet e impacto de los principios constitucionales- y realiza una propuesta de nueva ordenación.

La autora es doctora por la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid y ya era profesora titular de Derecho de la Información cuando empezó a trabajar en esta "segunda tesis". Para documentarla se trasladó a Estados Unidos, donde se originó el fenómeno y donde es más patente el conflicto entre derecho de autor y derecho de información. Durante dos años investigó becada fuera de España, primero en la Universidad de Harvard (EE UU) y luego en la de Salzburgo (Austria), en un despacho especializado en propiedad intelectual en Washington y en una escuela de leyes californiana.

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