_
_
_
_

Hablar por el móvil, 300 euros

Elsa Granda

Día 9 de agosto de 2005. Un conductor circula en su vehículo. Conduce con una mano y con la otra acerca su móvil a la oreja. Es sorprendido por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico. La multa no pasa de 90 euros. Un día después, es decir, mañana, podría ser multado con hasta 300 euros, ya que éste y otros comportamientos al volante tendrán una nueva consideración dentro del cuadro de infracciones recogido en la reforma de la Ley de Seguridad Vial, conocida como "del carné por puntos".

Aunque la parte referida al descuento de puntos no se implantará hasta finales de diciembre o principios del año siguiente, sí que comienza a aplicarse ya la parte referida a las infracciones de tráfico y las sanciones económicas que éstas que conllevan. Entre las novedades del texto se incluyen, en la calificación de infracciones "graves", el conducir hablando por teléfono o utilizando auriculares, no usar el cinturón de seguridad, el casco o los sistemas de retención infantil, o circular con el carné caducado. Éstas se suman a otras que ya tenían esa consideración y que conllevan una multa de entre 90 y 300 euros, además de la posible retirada del permiso hasta tres meses.

En la categoría de "muy graves" siguen figurando conductas como sobrepasar los límites de alcoholemia permitidos o bajo la influencia de sustancias prohibidas, rebasar en un 50% los límites de velocidad y circular en sentido contrario o de forma manifiestamente temeraria. Pero también se han añadido otras, como la obligación del titular del vehículo de identificar verazmente al conductor denunciado, y conducir sin licencia.

Las multas para las infracciones "muy graves" llevarán aparejado un desembolso de entre 301 y 600 euros -pudiendo alcanzar hasta los 1.500 euros en algunos casos-, y la retirada del carné hasta tres meses.

Las infracciones "leves", como, por ejemplo, no señalizar una maniobra, acarrean una multa de entre 1 y 90 euros.

La graduación de las sanciones se realizará en todos los casos atendiendo a los antecedentes del infractor y su condición de reincidente, y al peligro potencial para la seguridad vial.

Además, el plazo para beneficiarse del descuento del 30% en el importe de una multa se reduce. Antes éste concluía cuando se dictaba la resolución del expediente sancionador. Ahora se fija en 30 días desde que se comunica la multa. También varía el periodo mínimo de suspensión temporal del permiso, que será de un mes.

El director de Tráfico indicó ayer que con estos cambios se pretende acabar con conductas "que ponen en riesgo directo la seguridad vial".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_