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El Superior exime a AENA de presentar los proyectos del depósito de lindane

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha considerado que AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) no tiene que presentar el proyecto de obras y la evaluación de impacto ambiental del depósito de lindane del aeropuerto de Loiu, una obra concluida hace siete años. Un fallo judicial de hace tres años obligaba a que se repitieran todos los procesos de autorización de la obra, entre ellos esos dos proyectos.

El Superior, en una sentencia dictada en enero y que es firme, estima que ese fallo ya se ha ejecutado con las gestiones del Ayuntamiento de Sondika (donde se ubica el depósito de lindane), que pidió en 2003 y 2004 por tres veces a AENA la presentación del proyecto de obra y la evaluación de impacto. El ente estatal respondió finalmente que la evaluación de impacto es un trámite "de carácter preventivo" y dado que la obra está culminada "no tiene sentido acometer dicha evaluación".

El Tribunal Superior da "por ejecutada la sentencia" y precisa que la repetición de los procesos de autorización del depósito son "del órgano medioambiental competente". Es decir, el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno, que promovió la construcción de la celda de lindane.

La falta de la evaluación impacto en este proyecto llevó a la Comisión Europea a declarar ilegal su construcción por no cumplir las directivas comunitarias. Pero la decisión no tuvo consecuencia prácticas: Bruselas desistió de llevar el caso al Tribunal de Luxemburgo al tratarse de una "infracción consumada", que ya no puede resolverse.

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