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La futura ley prevé que Blasco pueda 'indultar' los excesos urbanísticos

El proyecto de LUV se aprobó en mayo y se tramita ahora en las Cortes

El proyecto de Ley Urbanística Valenciana (LUV), aprobado por el Consell el pasado mes de mayo y en trámite parlamentario, abre la posibilidad de indultar los excesos urbanísticos si la demolición es una medida desproporcionada para el caso o si no existen intereses públicos afectados que determinen la ejecución de la orden de derribo. La LUV, redactada por el departamento de Rafael Blasco, sustituirá a la polémica LRAU, vigente desde el año 1994.

El consejero Rafael Blasco recalcó el pasado mes de mayo, después que el Gobierno valenciano convirtiera el texto en proyecto de ley, que la LUV sería un instrumento para hacer cumplir de manera inflexible la legalidad urbanística, con una regulación exhaustiva de las licencias urbanísticas y un régimen de infracciones y sanciones recogido en la propia ley y no en un reglamento posterior.

En el capítulo II del proyecto de ley, dedicado a la protección de la legalidad urbanística, se ha incluido, sin embargo, un artículo por el que la Consejería de Territorio se reserva la potestad ante una ilegalidad -el caso del hotel Atrium sería un ejemplo- de respetarla si su demolición "resulta inadecuada y excesiva en relación con las características del caso". Una segunda posibilidad que ofrece al artículo 222.2 de la LUV es que las irregularidades urbanísticas -reconocidas en lo que técnicamente se conoce como expediente de restauración de la legalidad- se mantengan "cuando no existan intereses públicos específicamente afectados que determinen la ejecución de la orden de demolición...". El castigo para estos supuestos será dejar la obra en precario y fuera de ordenación. La declaración de "innecesariedad" o de indulto deja abierta la puerta a ser revisada si pasado el tiempo apareciera una causa de interés público.

Según un especialista en urbanismo consultado por este diario, no existe una norma de este tipo ni en la legislación urbanística valenciana ni en la española. El único precedente habría que buscarlo en la ley del suelo de 1956, en plena etapa franquista, que fue utilizada para convalidar los excesos urbanísticos de la época. Fue la legislación de entonces la que permitió, por ejemplo, que el Hotel Riscal de Alicante contase con 30 alturas cuando sólo podían edificarse 10. En la legislación posterior se suprimió esta cláusula.

La LUV, elaborada por el Gobierno de Francisco Camps, sustituirá, una vez aprobada, a la polémica LRAU -Ley Reguladora de la Actividad Urbanística-, aprobada en 1994 y contra la que la Unión Europea ha abierto un expediente por falta de transparencia. El proyecto de ley, aprobado por el Consell el pasado mayo, entró en la vía parlamentaria hace una semana y se tramitará, a petición del Consell, por el procedimiento de urgencia. En la primera quincena de septiembre acabará el plazo de alegaciones y después se iniciará su debate en el Parlamento. Está previsto, según ha declarado Blasco, que la ley entre en vigor en breve.

Este diario intentó ayer, sin éxito, obtener una explicación sobre este artículo de la Consejería de Territorio y Vivienda.El pleno del Ayuntamiento de La Vila Joiosa dio ayer luz verde, con los votos del PP, en el equipo de gobierno, y el voto en contra de la oposición, al plan urbanístico para legalizar el hotel Atrium Beach, levantado en la Cala de Finestrat. Entre otras infracciones, el complejo presenta un exceso de volumetría de 53.000 metros cuadrados. El acuerdo para legalizar el Atrium, que, en síntesis, incluye traspasar la edificabilidad de tres parcelas cedidas por el promotor al Ayuntamiento para contrarrestar el exceso de obra, coincide casi en el tiempo con otra resolución de la Consejería de Territorio y Vivienda a favor de demoler lo ilegalmente construido.

El Plan de Reforma Interior de Mejora (PRIM), instrumento elegido por el Ayuntamiento para solucionar la infracción urbanística, está supeditado al visto bueno de Territorio y Vivienda. El documento con todo reconoce que, tras la permuta, aún quedan fuera de ordenación 6.883 metros cuadrados. El concejal de Urbanismo, Amadeo Sánchez, del PP, justificó la iniciativa del equipo de gobierno en la "necesidad de suelo dotacional público en la zona" y la oportunidad del establecimiento hotelero para fortalecer la oferta turística del municipio. Los portavoces de los tres grupos de la oposición (PSPV, Bloc e Iniciativa Independiente) justificaron su oposición al PRIM porque jurídicamente es ilegal, supone un trato de favor al infractor, se incrementa la edificabilidad en la zona y, por último, porque el Ayuntamiento cuenta con suelo suficiente en la zona para cubrir los servicios públicos.

La última resolución de Territorio y Vivienda sobre el ilegal hotel Atrium fue adoptado el pasado día 4 por la dirección general de Planificación y Ordenación Territorial. El documento rechaza el recurso de reposición de la promotora, la mercantil Hotel Luna, SA, contra la decisión del Consell de septiembre de 2004 que incluye una sanción de 12 millones de euro. La Consejería da por finalizado el procedimiento administrativo y añade: "[...] Procede reiterar nuevamente al Ayuntamiento de La Villa Joiosa para, que en base a las propias competencias urbanísticas en materia de disciplina urbanística ordene al infractor la demolición de las obras ilegalizables por exceso de edificación".

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