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Tribuna:ACUERDO PARA LA REFORMA DEL ESTATUT
Tribuna
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Se quedaron a medio camino

A principios de año escribí un artículo sobre lo que daban de sí los documentos o ideas esgrimidos por los partidos mayoritarios en lo tocante a la proyectada reforma del EACV, y no sin prevenirme de que no había que confundir los deseos con la realidad, acababa apuntando que "la reforma... es más desde el ámbito político-institucional hacia la sociedad civil que de ésta a aquél, o de los dos en un proceso convergente". Pues bien, hoy (por ayer) en la víspera de lo que parece el acuerdo definitivo de los dos grandes partidos para presentar a las Corts Valencianes el anteproyecto de Ley Orgánica de Reforma del EACV, todo parece indicar que aquella impresión se corrobora con el texto definitivo del acuerdo.

"La apuesta por mejorar la calidad democrática de nuestro autogobierno se ha desaprovechado"
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Los negociadores han prestado muy poca atención a buena parte de las reivindicaciones de la izquierda alternativa y del nacionalismo democrático, en un ejercicio de sincretismo político que viene a significar desposeer a la reforma de empeños identitarios excesivos o superación de viejos prejuicios sobre los fundamentos políticos e históricos que legitiman nuestro autogobierno, más allá del marco técnico que la Constitución Española establece para hacer efectivo el mismo, reconocido en ella como anterior a la misma, y por lo tanto, con capacidad de poder originario.

Tengo la sensación de que se ha vuelto a desaprovechar la ocasión para establecer de modo nítido que nuestro autogobierno es fruto de dos legitimaciones, la histórica de nuestro pasado foral, y la democrática expresada por una ciudadanía que dispone de plenitud de derechos civiles y políticos. La insistencia en que la CV tenga trato y reconocimiento de nacionalidad no se compadece con la articulación definitiva de las consecuencias de esa intención; ni siquiera se ha querido adoptar los términos del preámbulo para incorporar el encuentro entre el antiguo Regne de València y el moderno País Valencià como síntesis de la doble legitimación de nuestro derecho al autogobierno. No han querido entrar en fundamentos que vayan más allá de una interpretación pacata y de mínimos del texto constitucional y ni siquiera la obsesiva referencia al Derecho Foral tiene connotaciones operativas en orden a la legitimación de que hablaba.

Por eso no es de extrañar que algunas decisiones básicas, como trasladar el acuerdo histórico que hizo posible la creación de la AVL al artículo que regula el régimen de cooficialidad de las lenguas propia (valenciano) y española se hayan resuelto de manera deficiente consignando simplemente que la AVL es la institución normativa del idioma valenciano, y olvidando que los arts. 3 y 4 de la ley que creaba la institución recogían los términos precisos del pacto por la lengua, que debió pasar al Estatuto.

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Si estos asuntos de las definiciones básicas de la identidad y del autogobierno denotan el ayuno teórico y la precaución pragmática en la que se mueven los dos partidos mayoritarios, la apuesta por mejorar la calidad democrática de nuestro autogobierno se ha desaprovechado. No me refiero sólo al mantenimiento de la onerosa cláusula de exclusión del 5 % sino a la renuncia expresa a mejorar los criterios de la representatividad de la ciudadanía en las diferentes circunscripciones y a adecuar el número de diputados de las CC VV a ratios compaginables con las de la mayor parte de las CC AA (aunque el hecho de que la propuesta sea que el número de diputados no será inferior a 99 invita a pensar que en la futura Ley Electoral puede aumentarse de modo conveniente hasta una cifra más acorde con nuestra realidad demográfica y con el propósito de mejorar la proporcionalidad de escaños por población); al olvido de la posibilidad de establecer la figura del Conseller en Cap al reformar la limitación vigente hoy de que sólo puede haber diez conselleries ejecutivas; o en fin, y por citar una reivindicación acariciada por la izquierda, pero también por los movimientos favorables a la discriminación positiva en materia de género, la ausencia de propósito alguno en introducir criterios de paridad para la provisión de las instituciones de la GV y otros organismos dependientes de la misma.

Confiemos (¿ingenuamente?) que en el trámite parlamentario sean más generosos.

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