Una ley mal pensada
Como el lector tal vez recuerde manifesté una opinión al tiempo crítica y escéptica ante el proyecto de lo que andando el tiempo se convirtió en la LO 6/02 de Partidos Políticos, no porque la ley fuere inconstitucional o fuere antidemocrática, como anda diciendo en los papeles alguna diputada electa de EHAK, sino sencillamente porque era una mala ley, una normativa cuyos inconvenientes eran por lo menos iguales que sus ventajas, si no mayores, y que implantarla no cubría los costes. El tiempo y las pasadas elecciones vascas han venido a llevar agua a mi molino. La ley de Partidos ha fracasado, no porque se le haya ha dado una aplicación torcida, como acaba de afirmar D. Jose María Aznar, sino sencillamente porque es una mala ley. Que es una chapuza, vamos.
Por de pronto lo era y lo es porque no es una ley de Partidos, es sencillamente una ley ad hoc para establecer una causa y un procedimiento civiles para ilegalizar partidos, porque eso era y es posible sin ley de Partidos: en los casos en los que el partido sea una asociación ilícita y lo declare un juez de lo penal. Y es que de la misma manera que gritar falsamente "¡Fuego!" en un teatro repleto no es libertad de expresión, como dijera el juez Holmes, sostener que es lícito y aun debido matar al prójimo por su raza, su religión o sus opiniones políticas, no es libertad de pensamiento, ni de expresión, ni de asociación, ni nada que se le parezca. Hay ideas muy poco respetables que, por ello, están muy bien ilegalizadas, entre ellas aquellas que establecen que en su defensa los hombres deben estar dispuestos a matar.
Muy relativista no es, pero al menos en eso el Código Penal y yo estamos de acuerdo con el Papa gloriosamente reinante. La idea de la ilegalización civil no me pareció una idea particularmente buena, aunque solo fuere porque era rigurosamente innecesaria, y, como suele suceder con las ideas de dudosa calidad, fue muy mal instrumentada, como la realidad ha venido a demostrar.
Por de pronto la ley no admite otros partidos que los de estructura directa. Un partido que en todo o en parte esté formado por asociaciones es legalmente imposible: la ley exige que los miembros sean siempre y necesariamente personas físicas. Con esta ley el Labour Party sería ilegal. Pero si una asociación no puede ser miembro de un partido un grupo parlamentario, que es una asociación de parlamentarios, no puede ser miembro ni parte de un partido. En consecuencia si mañana declaramos ilegal a EHAK pasará lo que pasó con el grupo SA en la anterior legislatura del Parlamento Vasco, que su grupo parlamentario perdurará, porque el grupo parlamentario no es parte del partido porque legalmente no puede serlo. Y eso deberían saberlo los dirigentes nacionales del PP, autores algo mas que intelectuales de esa ley, Por eso no tenía mucho sentido iniciar el procedimiento de ilegalización de EHAK a ocho días de las elecciones: no daba tiempo y al no darlo era inevitable que los electos salieran de las urnas y acabaran en un grupo parlamentario. En especial si se considera que la ley no incluye entre sus efectos la caducidad de las candidaturas de un partido suspendido o disuelto (y si no se lo creen lean el art.12 ).
Y no lo hace sencillamente porque la ley de partidos no dice ni una sola palabra de elecciones, ni de electos. Para la ley las elecciones no existen, y en lógica correspondencia los electos tampoco. No deja de ser sorprendente que una ley destinada a regular una modalidad de asociación que tiene entre sus funciones esenciales el "hacer elecciones" no incluya previsión alguna sobre éstas, pero es así, una vez presentadas válidamente las candidaturas de un partido las mismas van a misa, salvo que las pare el juez penal. Muy inteligente no es, muy aznariano puede que sí. En consecuencia si mañana se obtuvieran pruebas y en ellas pudiera fundamentarse la ilegalización de EHAK mediante el procedimiento que preve tan maravillosa ley el grupo que sus electos puedan formar y los mismos nueve diputados en el Parlamento Vasco estan condenados a durar lo que la Legislatura de la Cámara vasca dure. Si don Mariano no tiene asesor en Derecho Público que lo ponga, si lo tiene, que lo cambie.
Porque ésa es otra, para poder suspender y pedir la disolución con posibilidades de éxito es necesario contar con pruebas, y la convicción moral no lo es. Podemos estar de acuerdo en que EHAK es la segunda marca blanca de Batasuna, y podemos estar en lo cierto al pensar así ,pero para fundamentar una resolución judicial que sea válida (porque hay resoluciones judiciales que no lo son) no bastan ni la convicción moral ni la veracidad material, hacen falta pruebas y, además, estas deben ser pruebas válidas en juicio, ya que de lo contrario de nada sirven. Y eso es lo que no está nada claro que exista.
Lo dicho no significa que no sea posible ilegalizar a EHAK y decretar la decadencia del mandato de sus parlamentarios, es factible, pero cuando lo decrete un tribunal del orden penal por apreciar que los candidatos de esa formación incurren en un delito de los que acarrean la aplicación de la previsión que contiene para el caso el art.6 de la ley electoral.
Como se ve no parece que la ley de Partidos actual sea precisamente modélica, no estaría de mas que en su proyecto de regeneración democrática ZP incluyera la redacción de una ley de partidos un poquito menos mala, cosa por demás no tan difícil.Porque de la actual cabe decir con los alumnos que suspendo: "Dura lex sed mala lex".
Manuel Martínez Sospedra es profesor de Derecho de la Universidad Cardenal Herrera-CEU.
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