EMV y accesibilidad
La Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid, como promotora de viviendas protegidas, está sometida a un doble control de sus edificaciones. Por un lado, debe obtener la preceptiva licencia municipal y los posteriores controles de su cumplimiento sobre la propia realidad edificada. Por otro, al tratarse de edificios de viviendas protegidas, debe igualmente recibir la calificación provisional y definitiva que certifique el estricto cumplimiento de la normativa. En ambos casos se verifica, entre otras muchas cosas, el cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad existente, de modo que de no cumplirse ésta no se obtendría la oportuna certificación.
Todos estos controles, tanto en el caso de la fase de proyecto como en la de obra ejecutada, son realizados por técnicos independientes y especializados en la materia que garantizan la adecuación de la misma a la normativa.
Tenemos así, junto al propio arquitecto responsable de la obra, un grupo de técnicos que comprueban la adecuación del proyecto realizado por éste a la normativa existente, al cual, en el caso de la EMV, se viene a unir un técnico de la propia empresa que sigue la evolución y desarrollo del mismo. Por ello, cuando nos encontramos ante uno de estos edificios, podemos tener la seguridad de que el mismo ha pasado múltiples filtros sobre el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su buen funcionamiento.
En el caso de la accesibilidad, la EMV no sólo cumple con todas las directrices establecidas en las normativa, sino que además trata de adaptar las viviendas a cada una de las condiciones específicas de los adjudicatarios, sobrepasando claramente los límites establecidos en ella para que los posteriores propietarios puedan disfrutar de su vivienda con las máximas garantías.
Así, no sólo se eliminan las barreras arquitectónicas que permiten conseguir itinerarios practicables o se cumple el porcentaje del 3% de reserva de viviendas adaptadas, sino que con posterioridad a la adjudicación se procede a la adaptación de las viviendas a las necesidades reales de cada uno de los adjudicatarios, sean estas físicas o sensoriales (visual, auditiva...) y cuyos requisitos son claramente diferentes, aumentándose además claramente ese porcentaje de reserva; hasta encontrarnos ejemplos tan destacados como las dos primeras convocatorias del Plan Municipal de Vivienda en Alquiler, en las que los adjudicatarios con discapacidad alcanzaron el 17,04% y el 8,11%.
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