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Reportaje:PROTECCIÓN INFANTIL

25.000 menores en desamparo

Varios juristas reclaman cambios legales para evitar que se eternicen los litigios sobre niños

Tereixa Constenla

Más de 25.000 menores viven apartados de sus padres tras ser declarados en desamparo por los departamentos autonómicos encargados de velar por la protección de la infancia, según los datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales referidos a 2003. Bajo esa cifra se pueden ocultar crudas historias de abusos sexuales, malos tratos, mendicidad o desatención absoluta de los padres. Son algunas de las causas más extremas que justifican la intervención de los servicios sociales y la declaración del desamparo del menor, que en la práctica significa que la Comunidad Autónoma de turno asume su tutela y suspende de forma provisional la patria potestad de los progenitores.

A partir de ahí aguarda un segundo calvario para algunos niños: la incertidumbre sobre su destino. Como ni todos los padres aceptan el desamparo de buenas a primeras ni todas las decisiones de los servicios sociales son atinadas, puede arrancar entonces una peregrinación administrativa y judicial que más de una vez ha llegado al Tribunal Constitucional, como el caso de la niña de Benamaurel, declarada en desamparo en 1993 por la Junta de Andalucía. El pleito entablado entre la Administración, la familia que la acogió a partir de 1997 y sus padres adoptivos se prolongó hasta que el alto tribunal se pronunció en 2002 y anuló la sentencia que la obligaba a regresar con sus padres adoptivos.

El caso de la 'niña de Benamaurel' comenzó en 1993 y concluyó en el Constitucional en 2002
El 70% de los menores tutelados en Cataluña residía con familias de acogida en 2004
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Una sentencia a favor todavía sin cumplir
Con la fotografía en la cartera

Un niño no crece al ritmo de la burocracia, así que cuando su expediente se resuelve definitivamente en la última instancia judicial han podido transcurrir cinco o seis años. "Sea como sea hay que agilizar tiempos, para empezar con la creación de juzgados especializados", reclama Elena Arce, una abogada cordobesa que ha pleiteado contra la Junta de Andalucía en varios casos.

Cinco o seis años es demasiado tiempo para hacer justicia. "No pocas situaciones se hacen prácticamente insolubles hasta el punto de haberse tenido que decretar en ocasiones la imposibilidad de ejecutar decisiones judiciales, sin duda justas, pero producidas a destiempo", señala el juez de Familia, Francisco Serrano.

Aun siendo pocos los litigios que salen a la luz, su impacto sobre la vida infantil ha llevado a algunos juristas y expertos a defender una reforma legal, que establezca plazos y evite que se repitan historias como la de los dos hijos de Carmen F. Ambos tenían 5 y 6 años cuando la Junta de Andalucía los declaró en desamparo debido al alcoholismo de la madre y los entregó en acogimiento preadoptivo. Tras su rehabilitación, Carmen F. emprendió una batalla para recuperarlos que culminó en una kafkiana victoria.

La justicia le dio la razón pero sentenció que el alargamiento del proceso hacía imposible el regreso de los niños, que para entonces habían cumplido 11 y 12 años y sólo se habían reencontrando con su madre en tres ocasiones. Para reparar el daño, los tribunales han propuesto que se indemnice a la mujer. "Los tiempos de decisión se hacen eternos", censura Francisco Serrano, el juez de Primera Instancia número 7 y Familia de Sevilla, que intervino en este caso. "En un año debería estar resuelto en la segunda instancia", opina la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, partidaria de cambios legales que acorten los litigios.

Francisco Serrano, junto al fiscal Antonio Ocaña, ha elaborado una propuesta para reformar el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, que incluye la fijación de "plazos de caducidad" para oponerse a las resoluciones administrativas en las que "el tiempo corre en contra del interés del menor".

El sistema español de protección de menores está gestionado por cada autonomía y las ciudades de

Ceuta y Melilla, aunque su marco normativo se encuadra en leyes estatales (a las citadas se suma la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor). Esta descentralización da lugar a algunas divergencias, ya que ni el desarrollo autonómico ni las directrices que siguen los departamentos de menores son uniformes.

"A veces hay diferencias entre comunidades autónomas para establecer el desamparo", expone el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Pedro Núñez Morgades, que ha solicitado al Ministerio de Justicia que desarrolle el reglamento de la Ley de Protección Jurídica del Menor.

También pueden diferir los procedimientos a seguir sobre niños desamparados. Así, mientras en Cataluña, el 70% de los menores tutelados a finales de 2004 por la Generalitat estaban con familias acogedoras, en Canarias apenas alcanzaban el 12%. En la Comunidad Valenciana, por su parte, priman como hogares de acogida a los familiares cercanos al menor -85% de los casos- mientras que en Aragón suponen sólo el 44%.

El grado de conflictividad tampoco es homogéneo entre comunidades. En Andalucía, y en especial Sevilla, ha aflorado tal número de litigios relacionados con expedientes de protección que el Colegio de Abogados de Sevilla creó en mayo de 2004 un turno de oficio específico. Las demandas surgen sobre todo cuando el niño pasa a vivir con una familia de acogida preadoptiva. "Un menor no puede estar aparcado en un centro esperando que resuelvan los tribunales", sostiene Jesús Enrique Cubiles, subdirector general de Infancia y Familia de Andalucía.

Todos los expertos recomiendan evitar la "institucionalización" infantil con prolongadas estancias en centros de protección y defienden que se les proporcione un ámbito lo más parecido a un hogar. El entorno familiar cercano -abuelos, tíos...- es el más idóneo para formalizar la acogida si garantiza el bienestar del niño. Raras son las demandas judiciales en estas situaciones. Los litigios surgen principalmente cuando los padres biológicos sienten que van a perder a su hijo porque comienza a vivir con otra familia con miras a su adopción, que

acarrea la pérdida de la patria potestad de los progenitores. "Un menor no debería tardar en tener una sentencia de la Audiencia más de dos años"

plantea Gabriel Velamazán, el abogado que defendió a Carmen F y que se escandaliza cada vez que recuerda los seis años que que duró el pleito. "Hay una responsabilidad por funcionamiento anómalo de la justicia", concluye.

Con información de Concha Monserrat, Andreu Manresa, Juan Manuel Pardellas, Isabel Salvador, Marta Costa-Pau, Xosé Hermida, Isabel Camacho y Jaime Prats.

Una jurisdicción propia de familia

La creación de juzgados especializados y el aumento de fiscales de menores constituyen algunas de las medidas que ayudarían a agilizar los procedimientos que afectan a la tutela de niños, a juicio de los expertos consultados.

La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, defiende la designación de salas específicas para menores en las Audiencias y el refuerzo de los medios técnicos para que los juzgados resuelvan con más premura. Segarra también reconoce que los fiscales actuales resultan insuficientes y que la falta de medios de apoyo (psicólogos y trabajadores sociales) no ayuda a agilizar la resolución. "La superior vigilancia del fiscal se limita a informar, no se puede ejercer hasta las últimas consecuencias", indica.

"La reforma conlleva la especialización de los recursos", afirma Carmen Belinchón, directora general de Infancia y Familias de Andalucía, partidaria de cambios legales que incorporen límites de tiempo a los casos.

El Congreso ha admitido una proposición de ley de Convergència i Unió para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial con la finalidad de crear la jurisdicción de familia, a semejanza del orden penal o social. Los asuntos sobre guarda y custodia, protección de menores, acogimiento y adopción son algunos de los procesos que competen a los juzgados de familia, pero que recaen sobre juzgados ordinarios cuando no existen.

Si bien entre los planes del Gobierno no figura de forma inmediata acometer reformas en esta materia, los Ministerios de Justicia y Trabajo y Asuntos Sociales han creado un grupo técnico encargado de impulsar el reglamento de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor y que también estudiará lo relativo a la protección, según Amparo Valcarce, secretaria de Estado de Asuntos Sociales, Familia y Discapacidad.

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Sobre la firma

Tereixa Constenla
Corresponsal de EL PAÍS en Portugal desde julio de 2021. En los últimos años ha sido jefa de sección en Cultura, redactora en Babelia y reportera de temas sociales en Andalucía en EL PAÍS y en el diario IDEAL. Es autora de 'Cuaderno de urgencias', un libro de amor y duelo, y 'Abril es un país', sobre la Revolución de los Claveles.
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