La Ley de la Defensa consagra la cooperación del Ejército en la lucha contra el terrorismo
Las Fuerzas Armadas actuarán en "apoyo a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado"
El anteproyecto de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, cuya negociación con los grupos parlamentarios ha iniciado el Ministerio de Defensa, consagra por vez primera la participación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el terrorismo, pero especifica que ésta se hará en "apoyo a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado". La nueva ley, que sustituye a la de 1980-1984, crea el Consejo de Defensa Nacional como órgano asesor del presidente del Gobierno y regula la consulta al Congreso antes de ordenar "operaciones en el exterior que no estén relacionadas con la defensa de España".
Los ejércitos deberán ayudar "a preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos"
La cooperación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el terrorismo no figuraba en el borrador que publicó EL PAÍS la pasada Navidad. Se ha incluido a última hora en el anteproyecto que el secretario de Estado de Defensa, Francisco Pardo, ha entregado a varios grupos parlamentarios en una ronda de consultas encaminada a lograr el máximo consenso antes de que el Consejo de Ministros lo apruebe.
Aunque la participación del Ejército en lucha contra ETA ha sido objeto de polémica durante la transición, en los últimos años se ha puesto en práctica bajo determinadas condiciones y el anteproyecto viene a dar respaldo legal a esta situación.
En abril del año pasado, tras la matanza del 11-M y el atentado frustrado contra el AVE, el Gobierno en funciones del PP puso en marcha la Operación Romeo Mike, de vigilancia de la vía férrea y objetivos estratégicos por parte del Ejército. En diciembre último, el Gobierno del PSOE activó un gran dispositivo antiterrorista, movilizando a casi 5.000 militares para proteger estaciones de tren o aeropuertos.
El proyecto define y limita el papel de los ejércitos en la lucha contra el terrorismo al señalar que sus operaciones serán de "apoyo a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado". Dichas operaciones se enmarcarán en la misión genérica de ayudar, "junto a otras instituciones del Estado y administraciones públicas, a preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos".
La primera misión que la ley atribuye a las Fuerzas Armadas, como el artículo 8º de la Constitución, es la de "garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". También les encomienda la misión de contribuir "militarmente a la seguridad de España y de sus aliados, así como el mantenimiento de la paz, estabilidad y ayuda humanitaria, en el marco de las organizaciones internacionales de las que España forma parte". Por último, prevé que realicen misiones de evacuación de españoles en el extranjero "cuando circunstancias de grave inestabilidad pongan en grave riesgo su vida o sus intereses".
Entre las novedades del anteproyecto, que sustituye a la ley de Criterios Básicos de la Defensa Nacional de 1980, reformada en 1984, está la creación del llamado Consejo de Defensa como "órgano asesor del presidente del Gobierno en materia de seguridad y defensa". Este Consejo, que sustituirá a la todavía vigente Junta de Defensa Nacional, presidida por el Rey, también podrá reunirse bajo la presidencia del Monarca, "a propuesta del jefe del Gobierno", con el objetivo de informar a aquél.
La ley reconoce al Rey la categoría de "mando supremo de las Fuerzas Armadas", pero consolida el papel del presidente del Gobierno como comandante en jefe al atribuirle la dirección de la política de defensa, la gestión de las crisis y "la dirección estratégica de las operaciones militares en caso de uso de la fuerza".
También desaparecerá cuando entre en vigor la ley la Junta de Jefes de Estado Mayor (Jujem), que en los últimos 25 años pasó de ser el símbolo de las Fuerzas Armadas como poder fáctico a un mero órgano consultivo del ministro de Defensa.
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