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La consulta previa al Congreso sólo podrá obviarse "por razones de máxima urgencia"

La consulta previa al Parlamento, antes de ordenar el envío de tropas al exterior, es una promesa electoral del presidente José Luis Rodríguez Zapatero y el punto que más expectación despierta de la nueva Ley de la Defensa Nacional. El artículo 16 del anteproyecto obliga a recabar el parecer del Congreso antes de ordenar "operaciones en el exterior que no estén relacionadas con la defensa de España".

Del texto se deduce que la consulta previa también será necesaria en caso de que se aplique el compromiso de ayuda mutua previsto en la OTAN y la Constitución europea. No obstante, en los casos en que, por compromiso internacional, haya que dar una respuesta rápida o inmediata" la consulta podrá realizarse mediante procedimiento de urgencia; e incluso a posteriori si no es posible hacerlo antes, "por razones de máxima urgencia".

En todo caso, la consulta al Parlamento no es vinculante, pues la ley atribuye al Gobierno la competencia para "acordar la participación de las Fuerzas Armadas en misiones fuera del territorio nacional". Sí son vinculantes los "requisitos de carácter jurídico" que deberán cumplir dichas misiones: que sean conformes a la carta de Naciones Unidas y se hagan por petición expresa del Gobierno del país afectado; o por acuerdo del Consejo de Seguridad de la ONU o "de otras organizaciones internacionales de las que España forme parte", como la UE o la OTAN; y que no vulneren los principios del Derecho internacional.

El Congreso aprobó por vez primera en julio pasado la participación de las Fuerzas Armadas en dos operaciones internacionales: Haití y Afganistán. El líder de IU, Gaspar Llamazares, pidió ayer que se vote de nuevo ante el cambio de la misión española en este último país; lo que no cree necesario el ministro de Defensa, José Bono, quien el próximo día 21 comparecerá en el Congreso para informar.

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