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El Supremo absuelve a un acusado de asesinato que pasó 20 meses en prisión

La sentencia avala la decisión de un tribunal del jurado de Barcelona

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que pasó 20 meses en prisión preventiva acusado de asesinato y robo, y al que declaró inocente un tribunal del jurado de Barcelona en noviembre de 2003. La fiscalía y la acusación particular recurrieron contra la absolución y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña les dio la razón y ordenó repetir el juicio, pero la defensa recurrió de nuevo y ahora el Supremo lo ha absuelto definitivamente.

El crimen ocurrió la noche del 9 de febrero de 2002 en el bar Jerusalem de Barcelona, situado en la calle del mismo nombre. El acusado era Ferran Bonet Rico, un cliente habitual que mantenía una relación íntima desde hacía años con el propietario, José María Patiño Patiño. El fiscal solicitó en el juicio 20 años de cárcel por asesinato y otros dos por robo, pero el jurado lo consideró no culpable por cinco a cuatro.

El tribunal popular admitió que el acusado estuvo en el bar la noche del crimen, pero le absolvió porque no le cuadraba la secuencia temporal de los hechos. El jurado consideró que a la hora en que pudo producirse la muerte el acusado estaba en otro bar cercano, el Garduña, y así lo dijeron los testigos. Por eso, en caso de que hubiese sido el asesino, no habría tenido tiempo de ir a casa y cambiarse de ropa tras cometer el crimen. El propietario del bar Jerusalem falleció al ser golpeado con un objeto contundente en la cabeza y, una vez inconsciente, recibió 19 heridas con un arma blanca en la cabeza y en una muñeca, lo que provocó abundante pérdida de sangre.

El acusado ingresó en prisión el 13 de febrero de 2002, pero después de que el jurado lo declarase inocente abandonó la cárcel el 17 de octubre de 2003. En abril del año pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló la sentencia absolutoria y ordenó repetir el juicio por entender que la motivación del veredicto del jurado era insuficiente. Los jueces consideraron que los datos temporales que manejó el tribunal popular "no son ni precisos ni exactos" como para poder dictar una sentencia absolutoria.

Recurso de la defensa

Esa sentencia fue recurrida ante el Supremo por la defensa del acusado, ejercida por el abogado Cristóbal Limón, y ahora el alto tribunal le ha dado la razón y ha avalado el veredicto absolutorio del jurado en una sentencia de la que ha sido ponente Perfecto Andrés. El Tribunal Supremo considera que el jurado realizó un "matizado" examen de las pruebas en el juicio y, aunque reconoce que existen indicios contra el acusado, precisa que no son suficientes como para declararle culpable. Entre esos elementos incrimatorios están los restos de sangre de la víctima encontrados en la bufanda y el reloj hallados en casa del acusado. Sin embargo, el jurado consideró que no se trataba de un hecho concluyente, porque la víctima mantenía con él una relación "estrecha y diaria" y esas manchas podían ser de otro día.

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El Supremo también rechaza el argumento del TSJC de que el jurado dijera que no le cuadraba la secuencia temporal de la noche del crimen sin saber qué distancia había entre el bar donde se cometió el asesinato, la vivienda del acusado y el otro bar donde fue visto. Según el Tribunal Supremo, el jurado expresa sus dudas sobre la culpabilidad precisamente porque en el juicio no se pudo aclarar nada de eso.

"Lo que nunca podría reprocharse al jurado es haber actuado, precisa y correctamente como jurado", utilizando criterios e instrumentos que "no son ajenos a cierto sentido común", dice el Supremo, al tiempo que reprocha al TSJC que con una sentencia como la que dictó no sólo anula otra, sino que predetermina el fallo de otro tribunal popular por ser precisa.

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