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La Generalitat excluye el alquiler de viviendas del turismo rural

Lluís Pellicer

Evitar que se repita la historia. El Departamento de Comercio, Turismo y Consumo regulará el turismo rural para que bajo esta denominación no puedan alquilarse apartamentos o viviendas que no ofrezcan servicios turísticos. Es decir, que el modelo que se ha extendido en la costa no se traslade al interior. La regulación, que se aprobará por decreto, obligará a que el propietario de la vivienda conviva al menos en la misma finca que el turista.

Los planes del Gobierno tripartito para avanzar hacia un modelo turístico de calidad empezarán por una ordenación de los alojamientos rurales. Para ello, el borrador del decreto que Turismo prevé aprobar en octubre y al que ha tenido acceso EL PAÍS pone énfasis en los servicios que deben dar estos establecimientos. Se trata, según fuentes de Turismo, de poner freno a la proliferación de alojamientos que usan la etiqueta turismo rural sin prestar ningún tipo de servicio al viajero.

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El decreto clasifica los establecimientos de acuerdo con la actividad de sus propietarios. Se facilitará que los agricultores puedan incrementar sus ingresos habituales con el alquiler de alguna dependencia de su finca, ya sea en la misma masía o en una casa de pueblo. En este caso, el agroturismo siempre será un complemento de las rentas agrarias, ganaderas o forestales.

El decreto introduce más novedades en un segundo tipo de establecimientos. Si antes cualquier vivienda independiente se podía acoger a la denominación de turismo rural, ahora se paraliza la proliferación de casas de alquiler y se obliga a los propietarios que quieran acoger a turistas -no es obligatorio que sean agricultores- a convivir con ellos.

Calidad turística

"Buscamos la calidad turística y por ello queremos que los viajeros convivan y compartan experiencias con los propietarios. También es una apuesta por el reequilibrio territorial y por hacer posible que el mundo agrario pueda beneficiarse del turismo", explica la directora general de Turismo, Isabel Galobardes.

El texto limita las plazas que puede ofrecer cada titular y establece los servicios mínimos que deben dispensar los establecimientos: calefacción, mobiliario suficiente, servicios higiénicos, habitaciones dormitorio y comedor. Las plazas de los alojamientos compartidos con los propietarios se reducen de 15 a 8.

Estos establecimientos tendrán un plazo de 10 años para adaptarse al nuevo reglamento, salvo las casas de payés, que deberán hacerlo en un periodo de dos años. El Ejecutivo regulará las viviendas que no se adapten a la nueva ley a través de un reglamento para apartamentos turísticos que el Ejecutivo catalán está ultimando, señalaron fuentes del departamento. La nueva normativa también se aplicará para la concesión de subvenciones al sector. La Generalitat ha enviado ahora el borrador de decreto al sector empresarial y a los municipios para consensuar el texto.

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Sobre la firma

Lluís Pellicer
Es jefe de sección de Nacional de EL PAÍS. Antes fue jefe de Economía, corresponsal en Bruselas y redactor en Barcelona. Ha cubierto la crisis inmobiliaria de 2008, las reuniones del BCE y las cumbres del FMI. Licenciado en Periodismo por la Universitat Autònoma de Barcelona, ha cursado el programa de desarrollo directivo de IESE.

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