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Un tribunal deja libre al imán de Fuengirola a condición de que estudie derechos humanos

La Audiencia de Barcelona razona que la peligrosidad social de Kamal ya no existe

La Audiencia de Barcelona ordenó ayer la puesta en libertad condicional de Mohamed Kamal Mostafa, el imán de Fuengirola, encarcelado desde el 29 de noviembre por incitar a la violencia contra las mujeres. Mostafa salió ayer de prisión. Su abogado había recurrido y ahora la Sección Tercera le ha dado la razón al considerar que no existe la "peligrosidad social" que llevó al juez a ordenar su ingreso. El tribunal obliga al imán, si quiere mantener la libertad, a participar en un programa formativo sobre los contenidos de algunos artículos de la Constitución y la Declaración Universal de Derechos Humanos.

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El imán de Fuengirola fue condenado el pasado mes de enero a 15 meses de cárcel y una multa de 2.160 euros por un delito de provocación y discriminación contra las mujeres cometido al escribir La mujer en el islam, un libro en el que se justificaban los malos tratos a las mujeres y se daban instrucciones para infligirlos sin dejar huellas y mitigando su impacto.

La condena no fue recurrida ni por su abogado defensor, ni la fiscalía, ni por la abogada María José Varela (que se querella en nombre de un centenar de asociaciones de mujeres ), por lo que se convirtió en firme.

El pasado mes de noviembre, el titular del Juzgado de lo Penal número 12 de Barcelona, Faustino Salmerón, que era quien debía ejecutar la pena, decidió no concederle al imán la suspensión de la condena por su "peligrosidad social". Ese argumento también lo compartía el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, en un escrito entregado en el juzgado y en el que reclamaba el ingreso en prisión del imán. Así las cosas, el juez ordenó la busca y captura del imán y éste se acabó entregando en la cárcel de Alhaurín de la Torre (Málaga) el 29 de noviembre.

Ahora, el tribunal de la Sección Tercera explica que la "peligrosidad social" del imán "ya no tiene remedio", puesto que ese argumento fue lo que motivó la condena. "Si no se hubiera difundido el texto, el delito no se habría cometido y el debate que trata de resolver esta resolución no se habría producido", añade el auto judicial, del que es ponente el magistrado Josep Niubó.

En otro apartado de esa resolución se asegura que "la condición de imán no le excluye de la obligación de aceptar las reglas de convivencia que rigen en España y es esta condición de español y de residente la que le obliga a conocer las leyes, especialmente la suprema y de actuar de acuerdo con ellas.

Por ese motivo, el tribunal considera que la suspensión de la ejecución de la pena de 15 meses de cárcel debe condicionarse a que, en el plazo máximo de medio año, el imán participe en un programa formativo en el que se destaquen "fundamentalmente" los contenidos de los artículos 10,14 y 15 de la Constitución Española y, "con especial incidencia" en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El artículo 10 establece precisamente que "las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad" con esa declaración universal y el artículo 14 alude a la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, sin que puedan prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o religió. El artículo 15 de la Constitución reconoce el derecho a la vida, a la integridad física y moral y a no sufrir, tortura o tratos inhumanos o degradantes.

En las páginas 85 y 86 del libro La mujer en el islam, el imán establece las limitaciones que ha de tener en cuenta el marido cuando castiga físicamente a la mujer. Así, se aconseja que "los golpes se han de administrar a unas partes concretas del cuerpo, como los pies y las manos, debiendo utilizar una vara (...) que ha de ser fina y ligera para que no deje cicatrices o hematomas". Más delante, el imán aconseja que nunca se pegue "en una situación de furia exacerbada, para evitar males mayores", así como que "no se deben golpear las partes sensibles del cuerpo (la cara, el pecho, el vientre, la cabeza, etcétera". En otro pasaje del libro se decía que "el testimonio de un hombre vale el de dos mujeres" y que en una familia la autoridad la ostenta el hombre".

José Luis Bravo, abogado, del imán de Fuengirola, se felicitó ayer por la decisión judicial y aseguró que "por fin ha llegado el sentido común, porque mantener a mi cliente en la cárcel era ignominia". Según la defensa, la decisión judicial de encarcelar a Mohamed Kamal "fue un acto de pura soberbia", ya que, en su opinión, el juez debería haber aplazado su decisión hasta que se pronunciase la Audiencia de Barcelona.

En cuanto a la decisión de que el imán se someta a un curso de conocimiento de la Constitución, el abogado lo calificó de "frivolidad". La defensa recordó que su cliente es doctor en teología por la Universidad de Las Palmas, "ha jurado la Constitución española, la conoce, la acata y la respeta". Según el abogado, el pensamiento de su cliente "no va a cambiar en nada, porque estudie derecho constitucional, pero si lo tiene que hacer, lo hará".

La abogada María José Varela, que ejerció la acusación popular en el juicio, aseguró ayer sentirse "horrorizada" por la resolución judicial. En su opinión, hubiera sido razonable que la Audiencia de Barcelona hubiese tratado al imán como a la inmensa mayoría de los condenado con penas inferiores a dos años y sin antecedentes y le hubiese concedido la suspensión de la condena. "Si hubiera pasado eso, nada tendría que decir, pero lo que resulta chocante es que el tribunal considere en su resolución que el delito existió, que es grave, y que sustituya el ingreso en prisión del imán por un cursillo sobre derechos humanos".

El imán de Fuengirola, a la salida anoche de la cárcel de Alhaurín de la Torre (Málaga).
El imán de Fuengirola, a la salida anoche de la cárcel de Alhaurín de la Torre (Málaga).JULIÁN ROJAS

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