"Hay que aliviar de contenido emocional el término 'nación' para algunas autonomías"
Pregunta. ¿Su condición de mujer le produjo dificultades para llegar a ser presidenta del Tribunal Constitucional?
Respuesta. En mi caso, salvo los condicionamientos generales de todas las mujeres, serlo no influyó en mi carrera, tal vez porque me he movido en un medio que me ha liberado de las dificultades que padecen otras mujeres, además de la ayuda de mi familia, empezando por mi padre. He disfrutado muchos años como catedrática de Derecho del Trabajo y he realizado también con pasión mi trabajo en este Tribunal, primero como magistrada y ahora como presidenta.
P. La Constitución ha cumplido 26 años. ¿Qué valoración hace de nuestra Ley Fundamental?
R. Nos ha permitido a los españoles vivir en democracia y en paz. Nada menos que eso.
"Destaca la discriminación retributiva de las mujeres a pesar de ser la primera que se prohibió"
"Son odiosas las diferencias por razón de sexo, etnia, religión, discapacidad, edad"
"El Constitucional es un órgano jurídico, no político-jurídico, y resuelve los asuntos que le llegan sin dejarse influir por los acontecimientos"
"La conversión del Senado en una Cámara de representación territorial es positiva. Yo deseo que se haga bien y que los políticos acierten"
"Las denuncias de la Iglesia católica sólo sirven en ese ámbito y no tienen trascendencia fuera de ella"
"El derecho de huelga sigue sin desarrollarse por ley y está regulado por un decreto preconstitucional"
P. ¿Y los extranjeros, se encuentran jurídicamente cómodos en España?
R. Desde la perspectiva de la Constitución, así debe ser, pero no se puede ocultar que el fenómeno de la inmigración y las connotaciones socioeconómicas que comporta, como las condiciones de trabajo y la inserción social, son muy dificultosas. Hay que conseguir que los derechos de todos, también de los extranjeros, sean una realidad.
P. ¿Aprecia algún anacronismo o desfase entre el texto constitucional y la realidad actual?
R. Lo importante es que en estos 26 años, por un lado ha madurado el sentimiento constitucional en los ciudadanos, como un elemento del paisaje, de nuestra realidad. Por otra parte, la sociedad española está madura para la reforma que, por lo demás, es cumplimiento de la propia Constitución, que la prevé.
P. ¿Cómo ve las reformas que plantea el Gobierno?
R. Responden a las inquietudes puestas de manifiesto en los últimos tiempos y requieren el mismo consenso que alumbró la Constitución.
P. ¿Cree urgente la equiparación del hombre y la mujer en la sucesión a la Corona?
R. No veo necesidad de hacerlo ni más ni menos rápido. Me parece una reforma positiva, porque a la postre lo que significa es colocar a la institución de la Corona en sintonía con las demandas de la sociedad.
P. ¿Usted es monárquica o republicana?
R. Yo estoy completamente con la Constitución. Me parece que la Corona ha prestado un servicio impagable. Es una institución absolutamente ejemplar.
P. ¿La Corona o esta Corona?
R. Desde luego esta Corona, que es con la que yo he vivido.
P. ¿Considera garantizada la igualdad ante la ley?
R. Ha habido una adecuación formal de los textos legislativos a los valores de igualdad progresiva pilotada por el derecho comunitario y la Constitución, pero queda mucho por hacer.
P. Por ejemplo, ¿tienen las mujeres las mismas oportunidades profesionales que los hombres?
R. Creo radicalmente que no. Destaca la discriminación retributiva, a pesar de ser la primera que se prohibió por el derecho comunitario y por nuestro derecho. Por supuesto existe también desigualdad de oportunidades. Pero las estadísticas son tercas y siguen diciéndonos que existe desigualdad retributiva entre el hombre y la mujer.
P. ¿Qué habría que hacer para superar esa situación de inferioridad de la mujer?
R. Soy partidaria de un entendimiento de la igualdad en toda su profundidad, en todos sus aspectos, desde la perspectiva histórica y de los valores, pero que tiene que completarse con la igualdad material, a través de un entendimiento muy conjuntado de los artículo 14 ["los españoles son iguales ante la ley"] y 9.2 ["corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas"].
P. Para todo ello, ¿es útil la herramienta de la discriminación o acción positiva?
R. Es una herramienta de trabajo, absolutamente imprescindible, aceptada en el derecho comunitario, tras las últimas reformas introducidas por el Tratado de Amsterdam, para lograr una sociedad mejor y más cohesionada, no sólo en cuanto a las diferencias por razón de sexo, sino a otras diferencias igualmente odiosas, como por razón de etnia, religión, discapacidad, edad. Ocurre que todos esos elementos odiosos de discriminación suelen confluir en la discriminación por razón de sexo, en la que esas características se agravan al tratar a un sexo de forma inferior.
P. Pero algo se ha avanzado.
R. Curiosamente, en los siete primeros años del Tribunal las peticiones de amparo contra la discriminación las hacían los hombres, para el reconocimiento del derecho a la pensión de viudedad o la pensión de auxiliares de vuelo [vulgarmente llamados "azafatos"], para equipararse a las azafatas, que a determinada edad ya no ofrecían buena presencia. Eran reclamaciones frente a unas normas proteccionistas de la mujer, un ser desvalido que, por ejemplo, no podía trabajar de noche. En cambio, actualmente, las mujeres siguen sin recurrir apenas lo más grave de su discriminación: la retributiva.
P. ¿Cree adecuado el término "matrimonio" para las uniones entre homosexuales?
R. Esta cuestión puede llegar al Tribunal Constitucional. Prefiero no pronunciarme.
P. ¿Cree correcta en 2004 la mención expresa de la Iglesia católica que incluyó en 1978 la Constitución?
R. Fue una mención adecuada, en términos absolutamente respetuosos para las demás confesiones, pero puede también tener sentido no mencionar a ninguna.
P. Las autoridades eclesiásticas denuncian que algunas reformas legislativas atacan la moral. ¿Cómo valora esas denuncias?
R. Como un enjuiciamiento que hace la Iglesia para los católicos y que debe de estar siempre en el ámbito de lo que es la doctrina de la Iglesia católica, sin trascendencia en los ámbitos externos a la doctrina de la Iglesia católica.
P. ¿Qué le parece que ustedes tengan que amparar los derechos fundamentales de los ciudadanos que los jueces ordinarios desamparan?
R. Ésa es la finalidad del recurso de amparo, según la Constitución y nuestra ley orgánica. Pero de los muchísimos recursos de amparo que se interponen -en 2004, unos 7.800-, hay un nivel de inadmisión muy elevado. Y de los pocos que se admiten, no todos se estiman. La conclusión es que nosotros sólo amparamos la patología del desamparo judicial, es decir el funcionamiento incorrecto. El amparo judicial ordinario es una de las grandes virtudes de la Constitución, que ha sido capaz de introducir la tutela judicial de los derechos y libertades fundamentales en todos los ámbitos.
P. ¿Cuál es la sentencia más importante del Tribunal?
R. Hay muchas. En la última etapa fue relevante la relativa a la Ley de Partidos, pero con anterioridad ha habido otras, como la que estableció límites a la prisión provisional o la que permitió la declaración conjunta o separada por parte de los cónyuges del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
P. ¿De qué se quejan más los ciudadanos ante el Tribunal?
R. Los derechos procesales suelen ser los más invocados, aunque también esos amparos suelen ser los menos admitidos. También las cuestiones relativas a la libertad de expresión e información, así como el derecho a la intimidad en diferentes ámbitos.
P. ¿Quedan cicatrices de la guerra mantenida entre los tribunales Constitucional y Supremo?
R. Yo creo que no. El Tribunal es consciente de cuáles son sus atribuciones, que están suficientemente delimitadas por la Constitución y su ley orgánica.
P. Pero hay un recurso de amparo pendiente de los magistrados condenados por la Sala Civil del Supremo.
R. Sí, está pendiente un recurso, pero cicatrices no quedan. Institucionalmente, el Supremo, superior en todos los órdenes, salvo en garantías constitucionales, ejerce sus funciones y el Constitucional las suyas.
P. Cuando el Tribunal de Estrasburgo les corrige un fallo, como el reciente sobre la vulneración de la vida privada por el ruido nocturno, ¿cuál es su reacción?
R. Incorporar esa jurisprudencia, de la que hacemos un seguimiento permanente.
P. ¿Tiene alguna iniciativa para potenciar desde el Tribunal Constitucional el amparo que los ciudadanos demandan?
R. Potenciar para que nos lleguen más recursos, no, porque en ocasiones se confunde el amparo constitucional con una tercera instancia. Y ocupamos demasiado tiempo en las resoluciones de inadmisión de los recursos. Nuestro objetivo es agilizar los procedimientos para garantizar a los ciudadanos el disfrute de sus derechos lo más rápidamente posible. Y resolver los recursos de forma más sucinta y breve cuando se aplica doctrina firme.
P. ¿Qué opina sobre la denominación de "nación" por las autonomías catalana o vasca?
R. Son denominaciones que, aparte de su carga emotiva, arrastran un debate científico y político muy arduo a través de los años sobre lo que es Estado y lo que es nación. Creo que la formulación que hace la Constitución en su artículo 2
[el derecho a la autonomía de las "nacionalidades y regiones"] se puede mantener o sustituir por algo similar, dicho de otra manera. El problema es que términos como 'nación' llevan demasiada carga emocional, sin atender al debate riguroso, del que se han ocupado con rigor los politólogos. Habría que descargar esos términos de su contenido emocional.
P. ¿Qué competencias necesitan potenciarse más: las del Estado o las de las autonomías?
R. No es cuestión de planteamientos más centralistas o más autonomistas. En la medida en que hay una jurisprudencia firme que delimita las competencias del Estado y de las autonomías, éstas podrían reformularse de una manera más precisa para pasar a las comunidades autónomas, pero tampoco sería extraño el fenómeno inverso: que las comunidades autónomas devolvieran determinadas competencias al Estado, en evitación de los conflictos.
P. ¿Podría poner algún ejemplo concreto?
R. Si bien es una cuestión que deben resolver los agentes políticos, a la luz de la jurisprudencia constitucional, en materia de comercio interior las competencias corresponderían a las comunidades autónomas, mientras que las cuestiones crediticias podrían corresponder al Estado.
P. ¿Sobre qué parámetros esenciales considera realizable la reforma del Senado?
R. La conversión del Senado en Cámara de representación territorial es una idea positiva, que podrá hacerse sobre la base de las provincias o de las comunidades autónomas, con correcciones en función de la población o con un igualitarismo absoluto. Son opciones técnicas diferentes. Yo deseo que se haga bien y que los políticos acierten. En todo caso, se rebajará el volumen de conflictos que llegan al Tribunal.
P. ¿Qué zona de la Constitución debería haber sido desarrollada y no lo ha sido?
R. El caso más clamoroso es el del artículo 28.2, que reconoce el derecho de huelga, y que sigue regulado por una norma preconstitucional, dictada con vocación absoluta de provisionalidad en 1977 por el Gobierno de Adolfo Suárez. En un área de conflicto como la laboral, cuando pasábamos de un sistema dictatorial a un sistema democrático, los ciudadanos pensaban que se necesitaba una reforma inmediata. Sin embargo, no ha habido voluntad política, porque posiblemente no había voluntad social, sindical, para el desarrollo del derecho de huelga. Y nos estamos manejando con aquel decreto, derogado a trozos, y tengo que decirlo, con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
P. ¿Qué papel atribuye a los medios de comunicación social?
R. Un papel absolutamente relevante, porque forman la opinión pública.
P. ¿No se entrometen demasiado en la vida privada de las personas?
R. Depende de qué medios. El derecho a la libre información es digno de toda protección y la jurisprudencia del Tribunal es muy equilibrada, bien a favor del derecho a la información o de la intimidad y vida privada. En cambio, existe la llamada telebasura, que aficiona morbosamente al ciudadano a temas de intimidad y mercadeo público.
P. ¿Comparte las críticas de Pilar Manjón, víctima del 11-M, a los políticos y a los medios de comunicación social?
R. Las entiendo. A mí me impresionó. Fue verdaderamente inolvidable. Me parece que no se puede decir mejor lo que ella y las víctimas del terrorismo querían decir y además con una gran precisión de lenguaje.
P. ¿Ha provocado alguna autocrítica en el Tribunal la intervención de Manjón como, por ejemplo, si le preocupan más los diversos poderes o los ciudadanos?
R. El Tribunal no se impresiona por los poderes ni por los ciudadanos. Es un órgano jurídico, no jurídico-político y resuelve los casos que se le plantean en cada momento, sin dejarse influir por los acontecimientos, con independencia de los sentimientos que a mí personalmente me produce una intervención de la calidad personal y democrática como la de la señora Manjón.
P. ¿Cuál es la salud del Constitucional, a punto de cumplir, en 2005, sus primeros 25 años?
R. Goza de muy buena salud y nos gustaría que, con ocasión del aniversario, se reformara nuestra ley orgánica, que es de 1979. Es necesario que reduzcamos la tardanza en dar respuesta a los asuntos que nos llegan.
P. En la Declaración que ha hecho el Tribunal Constitucional sobre la no contradicción entre las Constituciones española y europea, se ha establecido una reserva de futuro. ¿Podría concretar para qué casos?
R. Es una hipótesis de cierre, pero prácticamente de laboratorio. Porque analizada una y otra Constitución, la posibilidad de ese conflicto es prácticamente imposible, pues las estructuras constitucionales básicas, los derechos fundamentales y la consideración de España como un Estado social y democrático de derecho están salvaguardados.
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