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La reforma del Estatut incorporará el traspaso de la gestión de competencias exclusivas del Estado

El proyecto incluirá la aplicación del artículo 15.2 de la Constitución en varias materias

Enric Company

La reforma del Estatuto de Autonomía incorporará, como propuesta de ley orgánica del Estado, el traspaso a la Generalitat de las facultades de ejecución de competencias de titularidad estatal previsto en el artículo 150.2 de la Constitución. El Instituto de Estudios Autonómicos ha propuesto a la ponencia parlamentaria que elabora el proyecto de reforma que aplique este criterio en materias sobre las que existe un amplio consenso político en Cataluña para asumir la gestión. No son muchas, pero son importantes: aspectos relativos a la inmigración, puertos y aeropuertos de interés general, telecomunicaciones, servicios meteorológicos y, eventualmente, consultas populares.

El borrador del título del Estatut dedicado a las competencias de la Generalitat fue entregado ayer por el Instituto de Estudios Autonómicos (IEA) a la ponencia parlamentaria. Lo más probable es que su discusión detallada no se lleve a cabo hasta enero, mes en el que se ha acordado celebrar siete sesiones de trabajo.

El borrador propone que el artículo del Estatut dedicado a las competencias sobre infraestructuras del transporte y comunicaciones contenga, entre otros, los siguientes puntos: traspaso a la Generalitat de las facultades de gestión en materia de puertos y aeropuertos de interés general situados en Cataluña; traspaso a la Generalitat de las facultades de gestión de las infraestructuras de telecomunicaciones situadas en Cataluña, incluida la gestión del dominio público radioeléctrico.

También se propone que la calificación del interés general de un puerto o aeropuerto requiera la deliberación e informe previo de la Comisión Estado-Generalitat y la participación de la Generalitat en los organismos de ámbito supraautonómico que tenga funciones sobre las infraestructuras de transporte de titularidad estatal ubicadas en Cataluña.

Otro punto de este artículo indica que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de red viaria en todo el ámbito territorial de Cataluña, integrada por todas las carreteras, túneles, autopistas y otras vías, con independencia de su calificación, funcionalidad, accesibilidad, conectividad y titularidad.

La propuesta es que el Estatut distinga entre competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas y que en cada materia se especifiquen submaterias concretas, para las que a su vez se indique si su régimen de competencias es exclusivo, compartido o de ejecución.

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Esto implica un elevado detallismo en el proyecto. Por ejemplo, el texto atribuye a la Generalitat la competencia ejecutiva en materia de notarías y registros. Precisa que, en todo caso, esto incluye, para los notarios y los registros de la propiedad, el nombramiento mediante concurso de oposiciones que el Gobierno catalán convocará. Los candidatos serán admitidos en igualdad de derechos tanto si ejercen en el territorio de Cataluña como en el resto de España y deberán acreditar al conocimiento de la lengua y el derecho catalanes en la forma que se establezca. La competencia ejecutiva en materia de registro civil incluye el nombramiento de sus encargados, que deberán acreditar el conocimiento de la lengua catalana.

La propuesta del Instituto de Estudios Autonómicos es que el proyecto de reforma del Estatut incluya una disposición adicional que sea a su vez una proposición de ley orgánica de transferencia de las facultades de ejecución de la legislación estatal en las materias que se especifiquen en el articulado, como las citadas de puertos, aeropuertos, etcétera. Esta disposición determina la obligación de la Generalitat de ejercer estas funciones bajo el principio de coordinación con la Administración del Estado, así como la obligación de facilitarle toda la información sobre ellas. El traspaso de la gestión requiere el correspondiente acuerdo de la Comisión Mixta Estado-Generalitat.

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