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El Superior limita el control del Gobierno sobre las cajas de ahorro

El Tribunal anula la intervención del Ejecutivo en la obra social

El Gobierno vasco ha recibido el primer revés al reglamento de cajas de ahorro, uno de los proyectos estrella de la vicelehendakari y consejera de Hacienda, Idoia Zenarruzabeitia. El Tribunal Superior de Justicia ha anulado, por "vulnerar la autonomía" de las cajas, el artículo que regula la intervención del Ejecutivo en el destino de la obra social de la cajas. Quedan aún pendientes de resolución otros tres recursos, de la Caja Vital, de Kutxa y de la Diputación de Álava. A la hora de valorar el fallo, la portavoz del Gobierno, Miren Azkarate, dijo que éste estaba "perplejo" por la sentencia del Superior al estimar que se pronuncia "sobre un borrador del decreto y no sobre el texto que fue aprobado" por el Ejecutivo. Sin embargo, el artículo 17 del decreto, que anula el Tribunal y reproduce la sentencia, es, palabra por palabra, el que se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el 23 de octubre de 2003.

La sentencia del Tribunal Superior, adelantada ayer por el Diario Vasco, es fruto del recurso que presentó el Ayuntamiento de San Sebastián como entidad fundadora de la Kutxa. En el procedimiento se personó como parte el propio Gobierno, que en su primera argumentación alegó la falta de legitimación de San Sebastián para impugnar el decreto. El recurso se circunscribe exclusivamente al artículo 17, en el que se establece que el Ejecutivo, previa audiencia de las cajas, fijará las directrices (carencias y prioridades) para destinar los recursos de la obra social y deja a las cajas la elección de las actuaciones. El Tribunal entiende que la norma "excede la habilitación de la ley", "vulnera la autonomía" de las entidades, "incide en su ámbito de actuación" y "limita la posibilidad de financiación de servicios municipales".

El Gobierno vasco no reveló ayer si va a recurrir la sentencia. Desde su notificación, cuenta con diez días para hacerlo. La portavoz, Miren Azkarate, señaló que lo están estudiando los servicios jurídicos. En caso de nos ser recurrido el fallo, automáticamente decaería el artículo 17 del reglamento de las cajas de ahorros.

La valoración del Gobierno del fallo judicial fue enormemente confusa. Su portavoz, Miren Azkarate, apuntó que parte de la "argumentación que aparece en la sentencia para anular el artículo se basa en un informe de la Comisión Jurídica Asesora del propio Gobierno" que se elaboró para el borrador del reglamento. "La sentencia anula lo que no existe", porque "se pronuncia sobre un borrador de decreto y no sobre el texto que fue aprobado", recalcó Azkarate, quien insistió en que la sentencia se basa en un texto que "ya está corregido" en el reglamento. Fuentes judiciales respondieron ayer con extrañeza a este planteamiento, dado que el letrado del Gobierno ha estado personado en la causa, y recordaron que los tribunales no se pronuncian sobre borradores, sino sobre las normas publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco.

Posible precedente

Ninguna de las tres cajas (BBK, Vital y Kutxa) se quisieron pronunciar ayer sobre la sentencia, pero fuentes del sector manifestaron la alegría en las entidades por la decisión. Especialmente, por si es anticipa el sentido de los otros tres recursos pendientes, que inciden también la vulneración de la autonomía de las cajas.

El reglamento de las entidades de ahorro fue problemático desde que se conoció el primer borrador. Pese a que el Gobierno mantuvo contactos con las tres cajas vascas, no logró vencer su reticencias el contenido de la norma, que a juicio de las entidades propicia un excesivo intervencionismo por parte del Departamento de Hacienda.

De las tres cajas vascas, solamente la BBK, presidida ya por Xabier de Irala, decidió no presentar un recurso. La Vital, con Pascual Jover aún al frente, y la Kutxa, bajo la dirección de Fernando Spagnolo, presentaron un recurso similar, que se ha acumulado en la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior. El relevo de Spagnolo por Carlos Etxepare en la Kutxa no cambió el criterio de la entidad, pese a las presiones desde el Gobierno.

Tanto ésta como la Vital como recurrieron el reglamento por considerar que vulneraba su propia acción e imponía un control excesivo. Entre los preceptos impugnados está la obligatoriedad de solicitar al Gobierno vasco permiso para tomar participaciones en empresas cuando superen el 5% de los recursos propios o se tome el 50% de una sociedad. También recurrieron la necesidad de enviar al Gobierno la propuesta de reparto del beneficios, el proyecto de presupuestos de la obra social y la liquidación del presupuesto del ejercicio precedente.

El cuarto recurso al reglamento lo presentó, como entidad fundadora de Caja Vital, a Diputación Foral de Álava, que sí se pronunció ayer en una nota de prensa sobre la sentencia. La Diputación considera que el Tribunal Superior censura en el fallo el intervencionismo del Gobierno vasco en la Ley de Cajas.

Satisfacción alavesa

Añade que en el fallo se "desautoriza al Gabinete Ibarretxe en su intento de dirigir la obra social de las entidades financieras de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, y que viene a dar la razón a todos los que habían denunciado la intención del Gobierno, con esta norma, de controlar a las Cajas vascas".

El Diputado de Hacienda, Juan Antonio Zárate, aseguró: "Se sienta un buen precedente para los recursos, pendientes de resolución, que la Diputación de Álava y la Caja Vital han presentado contra el decreto que desarrolla esta ley aprobada en la Cámara vasca el pasado mayo de 2003".

La Diputación alavesa denuncia, en el recurso pendiente, las "argucias" que el reglamento de la Ley de Cajas despliega en sus artículos 33, 34, 37, 43, 44 y 49 para que no escape al Gobierno el control político de las asambleas de las entidades financieras vascas.

Entre los preceptos que recurre la Diputación está la negativa a que tengan representatividad en la asamblea las sucursales de las cajas ubicadas fuera de Euskadi. El recurso rechaza también la necesidad preceptiva de dar autorización a movimientos determinados de riesgo, redundando innecesariamente en la normativa del Banco de España en esta materia e incurriendo en un nuevo intento de control.

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