Condenado a pagar 2.000 euros el dueño de un bar de Linares por acosar sexualmente a una empleada
El Juzgado de lo Social Número 3 de Jaén ha condenado al propietario de una cafetería de Linares (Jaén) a una indemnización de 2.000 euros por acoso sexual a una empleada que estuvo trabajando en el local y que fue despedida cuando se dio de baja por motivos psicológicos. La sentencia, divulgada por el sindicato UGT, condena también al empresario a la readmisión de la trabajadora o, en su caso, a indemnizarla con otros 1.652 euros por su despido.
El fallo del magistrado considera que la empleada sufrió durante meses numerosas vejaciones verbales y de acoso sexual mientras realizaba su trabajo. Un día advirtió a su jefe que lo pondría en conocimiento de su esposa, y al día siguiente se dio de baja al no soportar la presión psicológica. Cuando regresó, a los tres días, se le comunicó que estaba despedida. La empleada puso entonces el caso en conocimiento de la asesoría jurídica de UGT, que el pasado mes de julio interpuso una denuncia por acoso sexual contra el empresario linarense.
"Condenas como éstas harán que afloren situaciones que las mujeres viven en silencio y harán que muchas denuncien lo que están viviendo", manifestó Ana María Ferreras, de UGT en Jaén, que se congratuló por la "sensibilidad" del juez jiennense. El fallo pone de manifiesto también la situación irregular en la que estaba contratada la víctima del acoso sexual, pues tenía un contrato a media jornada por obra y servicio cuando, según UGT, "trabajaba más de 10 días en un puesto de carácter estructural".
Coincidiendo con el Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres, CC OO denunció ayer en Almería el caso de Mari Cruz Rivas, de 28 años. Esta mujer, separada y madre de un hijo, interpuso hace unas semanas una denuncia ante la Guardia Civil tras ser agredida por su compañero de trabajo, el jefe de cocina de una de las gasolineras de la cadena Truck Stop.
Rivas aseguró haber sido acosada sexualmente por su compañero y que, al ponerlo en conocimiento de la empresa, ésta la despidió aduciendo que no había pasado favorablemente el período de prueba al que estaba sometida por contrato. Desde CC OO se asegura que el despido es nulo dado que Mari Cruz Rivas fue obligada a firmar una baja voluntaria para seguir trabajando en la cadena de autoservicio. "Eso es un despido improcedente porque no se pueden sumar dos períodos de prueba. La causa que aducen no es real. La situación que se da es que este hombre la besa y la manosea. La empresa, en lugar de sancionarlo, se ve que le dijo algo al cocinero sin darle mucha importancia", explicó la secretaria de la Mujer de CC OO, María Luisa González.
La central sindical ya ha anunciado que no habrá avenencia en el acto de conciliación previsto para hoy a menos que la empresa reconozca la nulidad del despido.
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