Entre la formación y la precariedad
Miles de jóvenes realizan prácticas como becarios en empresas pese a estar ya titulados
Pueden formar un ejército de hasta millón y medio de jóvenes ávidos de experiencias profesionales, ansiosos por hacerse un hueco en el mercado laboral, deseosos de poner en práctica sus conocimientos, según las estimaciones del Ministerio de Educación. Pero lo cierto es que no existe un registro oficial que plasme la cantidad de becarios que realizan prácticas en España para empresas públicas o privadas.
En todo caso, en los últimos años esta figura se ha extendido. Y ya hay becarios por todas partes: en ayuntamientos, en universidades, en centros comerciales, en medios de comunicación, en empresas tecnológicas, en bancos...
Surgieron bajo la fórmula de "Programas de Cooperación Educativa", gestionados por las universidades mediante convenios con las empresas públicas y privadas. El objetivo: conseguir una "formación integral" para el alumno y darle la oportunidad de combinar los contenidos teóricos con los prácticos y facilitar su incorporación al mundo profesional.
La ley establece que los becarios no tengan relación laboral ni realicen sustituciones
Sólo el 1% de los contratos realizados a jóvenes es en prácticas
Sin embargo, esta filosofía que trataba de crear el puente entre la teoría y la práctica empieza a pervertirse y un importante vacío legal ha permitido que se difumine cada vez más la línea que separa la formación de la precariedad laboral. "Son correctas, y de acuerdo a la ley, las prácticas en alternancia, es decir, aquellas que se realizan mientras los estudiantes están en los últimos años en formación. Pero, una vez que tienen una titulación acreditada, lo que procede es un contrato en prácticas, y no una beca", explica Pilar Duce, secretaria ejecutiva federal de UGT.
La legislación (Real Decreto 1497/1981) establece que los becarios no mantendrán una relación laboral con la empresa y no cumplirán el papel de un trabajador contratado. Es decir, en ningún caso deben suplir el trabajo de un empleado. El becario sólo colaborará en la empresa.
Sin embargo, de la teoría a la práctica hay un trecho. Y si no, que se lo digan a Pedro, que, amparado en un nombre falso, cuenta que tras haber cursado sus estudios de Administración de Empresas y Marketing ahora está como becario haciendo una sustitución por maternidad en el departamento correspondiente de un conocido centro comercial.
"Es ilegal, pero es lo que hay. Por lo demás, me tratan muy bien y estoy muy contento", dice. Esto significa que Pedro, de 26 años, no está dado de alta en la Seguridad Social, no tiene contrato y, por tanto, carece de cobertura social más allá de un seguro médico. Además, su sueldo está muy por debajo del asignado al puesto que él ocupa ahora.
El caso de Pedro no es aislado. Basta con navegar un poco por Internet para ver la cantidad de ofertas para becarios que hay y cuyo requisito fundamental es acreditar una titulación. Es decir, dichas ofertas van directamente en contra de lo previsto por la ley, que exige que la persona en cuestión esté en proceso de formación, no ya formada.
El anuncio es telegráfico y dice: "Cargo vacante: becario. Estudios mínimos: ingeniero técnico. Jornada: completa. Tipo de contrato: becario. Salario: 6.000 euros brutos al año". Ésas son las condiciones ofrecidas sin pudor por toda clase de empresas en las páginas de anuncios de trabajo de la red.
Ante semejante situación, los sindicatos han puesto las espadas en alto. Unos apuestan por la desaparición de la figura del becario, como la Unión Sindical Obrera (USO). Otros, por incrementar la inspección con la creación de un registro de becarios y por que se amplíe el denominado Estatuto del Becario.
Este último, aprobado al término del Gobierno del PP, sólo se refiere a los becarios de investigación científica: intenta definir su situación y mejorar mínimamente sus condiciones laborales tratando de que se empiece a cotizar por ellos a partir del segundo año de beca, de tal modo que las prestaciones sociales (desempleo, maternidad, bajas, jubilación, seguridad social, etcétera) estén cubiertas.
Los investigadores científicos han sido históricamente los más rebeldes y mejor organizados. Han protagonizado numerosas manifestaciones de protesta y han divulgado, mediante manifiestos, sus carencias básicas y sus reivindicaciones. Los logros no han sido completos, pero algo han conseguido.
Y ¿qué pasa con el resto de los becarios?, ¿por qué no están todos regulados por el mismo estatuto?
Según Santi González, portavoz de USO, en 1999, varios parlamentos regionales dieron el paso para para permutar las becas por contratos al solicitar la inclusión de una cláusula en el artículo 97 de la Ley de Seguridad Social, que establece quiénes son considerados trabajadores por cuenta ajena. "La proposición llegará próximamente al Congreso. Veremos qué pasa", dice González.
"El Estatuto del Becario debería ser más amplio porque éste es un fenómeno que hay que regular", apunta Pura García, de la Ejecutiva de CC OO. "Ya no son personas que están aprendiendo. A quien se le ofrece este tipo de becas es gente cualificada, que ocupa puestos de trabajo vacantes", constata. "En su gran mayoría no se utilizan para la adaptación a un puesto de trabajo, sino para suplencias. Sobre todo en verano es muy frecuente que las sustituciones las hagan becarios. Es una práctica que raya la ilegalidad. Es inmoral e innecesaria, porque para eso están los contratos en prácticas".
Sólo el 1% de los contratos realizados a jóvenes es en prácticas, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). Las estadísticas muestran que los jóvenes siguen siendo el colectivo que mayor número de desempleados aglutina, sobre todo en la franja de edad que va de 25 a 29 años.
Esta circunstancia ha llevado a los sindicatos a denunciar que los empresarios se están valiendo de las becas para eludir los contratos en prácticas, sujetos a convenio y que implican una relación contractual, una cobertura social y un nivel salarial determinado.
Según la patronal CEOE, es un problema de "vacío legal" y "un intercambio de intereses": mano de obra barata para el empresario y conocimiento de posibles candidatos a ocupar puestos vacantes; y aprendizaje y experiencia para el currículo del becario.
"La clave está en dónde sitúas la frontera entre las prácticas y la mano de obra", dice Juan Menéndez Valdés, miembro del departamento de relaciones laborales de la CEOE. "Hay una frontera muy difusa entre el aprendizaje y las prácticas, y por eso, en gente recién titulada, y como una vía de aprendizaje, se utiliza la figura del becario", reconoce.
Según él, muchas grandes empresas que introducen a becarios no los necesitan realmente y nunca harían ese número de contratos. "No se van a hacer directamente contratos en prácticas, ni aquí ni en ningún país europeo, salvo que la universidad garantice que esas personas ya hayan realizado las prácticas correspondientes a su formación", agrega.
Sin embargo, eso ya sucede. Las universidades ya ofrecen Programas de Cooperación Educativa con empresas para facilitar las prácticas durante los últimos años de formación de sus estudiantes. De hecho, existen empresas que, al darse cuenta de que no pueden incluir como becarios a titulados con experiencia, financian cursos de posgrado que llevan aparejadas prácticas como becarios y, de esa manera, los incluyen legalmente en sus plantillas y no hacen contratos. "Éste es, por tanto, un problema de mentalidad: mientras las empresas entiendan que el modelo productivo consiste en competir a costa de abusar de las relaciones laborales estaremos sumidos en el pozo de la precariedad", asegura Pura García, de CC OO.
Las consecuencias de un mal empleo
El Consejo de la Juventud de España elaboró un informe a finales del año pasado sobre la precariedad laboral juvenil enmarcado dentro de una campaña que ha arrancado con el eslogan Trabaja por lo justo.
El informe hace un análisis de la situación laboral que viven los jóvenes de hoy y de las consecuencias que tiene en sus vidas y en la sociedad.
Según dicho estudio, el Estado ha dejado de ser intervencionista. Su función principal se reduce a salvaguardar la propiedad, y las políticas de empleo se limitan a dejar libre al mercado.
"La tendencia es que sean las partes las que se pongan de acuerdo, cuando es evidente que en las relaciones laborales no hay una situación de equilibrio de poder que permita negociar en igualdad de oportunidades."
El informe asegura que la lógica del actual sistema económico, basado en la globalización de los mercados, antepone los beneficios empresariales a las necesidades sociales y personales y opta por un modelo de relaciones laborales basado en un importante y estable contingente de parados que garantiza unos bajos costes laborales. La situación es especialmente sangrante entre los jóvenes, entre los que la eventualidad alcanza el 73,1% en España, frente al 36,6% de la Unión Europea. A continuación se enumeran algunas de las consecuencias de la precariedad laboral que sufren los jóvenes recogidas en dicho análisis:
- Retraso en el acceso al mercado de trabajo. Prolongación de los estudios.
- Retraso en la edad de emancipación.
- Dificultad de acceso a la vivienda y de elaboración de proyectos de vida a corto plazo.
- Disminución de la natalidad.
- Permanente inestabilidad laboral y mayor inestabilidad económica en la unidad familiar.
- Menor tiempo de cotización a la Seguridad Social, con la correspondiente pérdida de pensiones.
- Pérdida de poder adquisitivo.
- Mayor siniestralidad laboral, flexibilidad en las condiciones de trabajo y pérdida de derechos.
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