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Columna
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Dioses

Si antes no archivan el caso definitivamente, se acerca el juicio por aquel videojuego llamado Matanza cofrade, nocturna representación de la Semana Santa sevillana, con una pistola que apunta a un cortejo de zombis sin capirote y un fondo bamboleante de imágenes sagradas (un Cristo y una Dolorosa), propaganda para un disco de la orquesta de rock Narco. La Fiscalía de Sevilla y las hermandades de la Macarena, San Bernardo y el Gran Poder entienden que merece multa y cárcel el informático que jugó electrónicamente con las sagrados símbolos.

Dicen que comete delitos contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y la propiedad industrial. Ofender los sentimientos de un creyente no tiene mucho castigo, sólo pena de multa, y, si no hay pago, arrestos de fin de semana o algún trabajo en beneficio de la comunidad. Lo que cuesta cárcel es el ataque a la propiedad industrial, la usurpación de marcas registradas, la imitación o reproducción de signos distintivos y logotipos, Nike o Coca-Cola, la Macarena o Nuestro Padre Jesús. Reconozco que, a pesar de la economía religioso-turística tan esencial para el país, me llamó la atención que Cristo pudiera ser considerado un bien sometido a explotación industrial, a los derechos de autor, al copyright, como si Dios tuviera autor.

Pero todo lo que uno cree nuevo o insólito ya ha sido usado en otra parte. En Pakistán, donde el Islam es religión del Estado, los jueces utilizan argumentos semejantes a los de Sevilla para perseguir a la secta de los Ahmadíes, discípulos de Murza Ghulam Ahmed, a quien los suyos atribuyen poderes proféticos, como a Mahoma. El Gobierno les niega el derecho a considerarse musulmanes y a emplear términos como "mezquita" o "llamada a la oración". El Tribunal Supremo de Pakistán los acosa con la legislación sobre marcas y derechos registrados: el Islam es un producto comercial y la religión se convierte en propiedad privada. Lo leo en la reseña que Malise Ruthven dedica en el Times Literary Supplement (6 de agosto de 2004) al libro Following Muhammad, de Carl W. Ernst. El asunto es visto como un ejemplo de fanatismo islámico ("an exemple of Islamic bigotry").

Una ofensa contra los sentimientos es difícil de determinar: ¿quién sabe lo que hiere mis sentimientos? El artículo del Código Penal que protege la sensibilidad de los creyentes, y también la de los descreídos, es una de esas amenazas dormidas que penden sobre el ciudadano para que se activen si el ambiente social llega a exigirlo. Nadie lo recordará en periodos de tolerancia, pero, en épocas autoritarias, funcionará como pretexto para persecuciones quisquillosas, multas y detenciones. Virtuosos de cualquier religión o ateísmo circunstancialmente dominantes podrían manejarlo para molestar policialmente a todo aquel que, a su juicio (y no hay otro criterio para determinar si son ofendidos), veje sus ideas y sus símbolos. Para que el asunto resulte más objetivo, o racional, en Pakistán y Andalucía los símbolos religiosos son tratados como marcas registradas, y son castigados penalmente quienes toman en vano el nombre de los dioses.

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