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Competencia avala la venta de 'energía verde' eléctrica contra el criterio de la CNE

El regulador y los consumidores acusaron a Endesa e Iberdrola de engañar a los usuarios

El Servicio de Defensa de la Competencia ha dado la razón a las eléctricas Endesa e Iberdrola en la polémica venta de energía verde, supuestamente procedente de fuentes renovables. La Comisión Nacional de la Energía (CNE) cuestionó el pasado mes de marzo la forma en que las dos principales eléctricas del país vendían ese producto a un precio más caro (hasta un 2% más), por entender que podía ser publicidad engañosa. Competencia avala el proceder de las empresas aunque admite que "no es posible garantizar a un consumidor" el origen de la energía adquirida.

En su informe del mes de marzo, la Comisión Nacional de la Energía (CNE) lanzó un duro golpe a la estrategia de las dos mayores eléctricas del país, al concluir que su publicidad para vender la denominada energía verde, en la que garantizaban que la energía adquirida bajo esa denominación procedía de fuentes renovables (molinos de viento, centrales hidráulicas, etcétera), podía constituir un "engaño".

El documento se hacía eco de las quejas realizadas por las organizaciones de consumidores, y concluía que existían indicios de conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia. La CNE solicitaba, por ello, que examinaran el caso tanto el Servicio de Defensa de la Competencia como el Instituto Nacional de Consumo.

Sin garantías

Tras cuatro meses de estudio, el Servicio de la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, ha concluido que "no existen indicios de que dichas campañas [sobre la energía verde] generen problemas de competencia". Y ello a pesar de que el informe, firmado por la directora general de la Competencia, Nadia Calviño, admite que, "tal y como está diseñado el mercado eléctrico, no es posible garantizar a un consumidor que la energía eléctrica que llega a su domicilio haya sido generada a partir de una fuente de energía determinada -renovable o no-".

Según Competencia, en la actuación tanto de Endesa como de Iberdrola (que tienen 275 y 18.825 contratos de energía verde, respectivamente) no se dan las tres condiciones necesarias para considerar que se ha vulnerado la Ley de Defensa de la Competencia, y que son: que los actos denunciados sean desleales, que afecten gravemente a las condiciones de competencia en el mercado y que afecten de modo sensible al interés público.

Según los datos de Competencia, los contratos de energía verde sólo afectan a los usuarios que han decidido acudir al mercado libre de la electricidad -negocian su recibo al margen de la tarifa oficial- y sólo suponen el 0,0007% del mercado libre en el caso de Endesa (275 clientes) y el 10% en el caso de Iberdrola (18.825 contratos). Más aún, en opinión del organismo que vela por la competencia, "en un mercado en el que existe un producto homogéneo y las posibilidades de competir vía precio son limitadas, la diferenciación a través de las características -en este caso el origen renovable de la energía- es un factor que introduce competencia entre los agentes".

En su campaña publicitaria, Iberdrola vendía la energía verde como "la primera energía ecológica del mercado" y en sus contratos se comprometía a "cubrir, en su proceso de compra, mediante certificados que acreditan su origen, el consumo anual del cliente con energía renovable". Endesa, por su parte, adquiría el mismo compromiso y, además, se obligaba a plantar 10.000 árboles autóctonos en zonas de especial interés ecológico y un árbol más por cada cliente verde conseguido.

Las organizaciones de usuarios y la CNE destacaron que las campañas de ambas empresas podían llevar a error al consumidor y en el caso de los primeros cuestionaron que las eléctricas pudieran garantizar, en cada caso, que la energía consumida en un determinado punto tuviera origen ecológico.

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