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Una juez condena al Ayuntamiento por un desalojo sin autorización

La sentencia considera que se vulneraron derechos fundamentales de los 'okupas'

Una juez de Barcelona ha dictado una sentencia sin precedentes al estimar que el Ayuntamiento de Barcelona vulneró derechos fundamentales de los okupas al realizar un desalojo sin autorización judicial y únicamente por decisión administrativa en el barrio del Turó de la Peira. Asimismo, la magistrada ha condenado al consistorio a que pague las costas del proceso.

La sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Barcelona declara la "nulidad de pleno derecho" del desalojo del edificio que se produjo el 22 de septiembre de 2003, informa Europa Press. La juez entiende que el consistorio violó el derecho fundamental de inviolabilidad de domicilio previsto en la Constitución. El abogado de los okupas, Jaume Asens, ha recurrido la sentencia porque sólo anula el desalojo respecto de una persona, ya que el resto no acreditó que viviera en los domicilios desalojados, aunque hacía días que se habían instalado allí.

El Ayuntamiento de Barcelona también ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El colectivo de okupas, bautizado con el nombre de Miles de Viviendas, expresó su satisfacción por la resolución judicial porque "por primera vez un juzgado ha condenado esta práctica habitual del Ayuntamiento de Barcelona". Además, destacaron que el desalojo fue ilegal porque se produjo "sin denuncia previa y sin el aviso preceptivo a los ocupantes".

El desalojo lo realizaron agentes de la Guardia Urbana a unos 40 okupas de varios pisos de las calles de Sant Iscle y Montsant tras una resolución del concejal del distrito de Nou Barris. Los edificios desalojados forman parte de un plan de reforma que se lleva a cabo hace más de 10 años porque los pisos tienen aluminosis. Durante la actuación policial no se produjeron incidentes, pero la mayoría de los okupas interpusieron una demanda contra el consistorio por vulneración de derechos fundamentales.

Oposición del fiscal

En el juicio, el fiscal y el abogado del Ayuntamiento de Barcelona solicitaron la desestimación de la demanda al entender que no se produjo una resistencia por parte de los ocupantes y que, por tanto, no se había producido vulneración del derecho de inviolabilidad de domicilio. Sin embargo, la juez considera que no es necesario que se produzca una "resistencia activa" para que se pueda entender que se opusieron y que basta con una simple negativa verbal.

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