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Anulada la condena a EL PAÍS por publicar una foto de Javier de la Rosa

El Supremo ampara el derecho a la información

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha absuelto al diario EL PAÍS, a su director Jesús Ceberio y al fotógrafo Carles Ribas, que habían sido condenados por la Audiencia Provincial de Madrid por intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad y a la propia imagen de Javier de la Rosa por la publicación en primera página de una foto del financiero cuando comía un bocadillo en la cárcel. El Supremo anula la condena por la prevalencia del derecho a la información.

La foto fue publicada 23 de septiembre de 1994 en la primera página de EL PAÍS, y fue merecedora de tres premios de periodismo gráfico, según recuerda la sentencia del Supremo.

El 14 de marzo de 1996 el juez de primera instancia número 2 de Madrid estimó la demanda de Javier de la Rosa y condenó a EL PAÍS por considerar que había incurrido en intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad y a la propia imagen del demandante, "lo que le ha originado un innegable daño moral".

La indemnización por dichos daños morales de EL PAÍS a De la Rosa quedó pendiente de determinar para el momento de la ejecución de la sentencia, una vez que se convirtiera en firme. El juez condenaba también a la difusión del fallo y a la destrucción o inutilización de "los clichés, planchas de imprenta o soportes de cualquier clase que contengan las fotografías" objeto del fallo.

En 1998, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó íntegramente la sentencia del juzgado.

En cambio, la Sala Civil del Supremo ha estimado el recurso de casación de EL PAÍS y, ha anulado el fallo condenatorio.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente Ignacio Sierra, niega que la publicación de la foto de Javier de la Rosa constituya "injerencia en la intimidad por no afectar o incidir en el ámbito de lo privado o reservado jurídicamente tutelado". Y añade que, "en todo caso, de admitirse esa afectación, el acto estaría legitimado por haberse realizado en el ámbito del ejercicio del derecho a la información, que resultaría preponderante en el caso concreto".

El Supremo recuerda la veracidad de la noticia, "la notoriedad pública del personaje, el interés general de lo noticiable derivado de la trascendencia y magnitud de los hechos investigados judicialmente", así como que en la obtención de la foto "está ausente todo interés crematístico o publicitario", por lo que "prima el fin de información sobre el derecho a la imagen".

Javier de la Rosa, en la cárcel de Barcelona, en la noche del 22 de octubre de 1994. La imagen fue publicada al día siguiente en primera página de EL PAÍS /
Javier de la Rosa, en la cárcel de Barcelona, en la noche del 22 de octubre de 1994. La imagen fue publicada al día siguiente en primera página de EL PAÍS /CARLES RIBAS

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