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Alierta denunciará al juez Torres por fijar una fianza sin estar facultado para ello

El juez Andreu planteará en los próximos días una cuestión de competencia ante el Supremo

El presidente de Telefónica, César Alierta, anunció ayer la presentación de una denuncia contra el juez de Instrucción número 32, de Madrid, José Santiago Torres, ante el Consejo General del Poder Judicial, por haber realizado diligencias cuando estaba requerido de inhibición, por haberle provocado indefensión y por haberle impuesto una fianza de 4,9 millones de euros para asegurar el eventual impago de hipotéticas multas que sólo serían exigibles en caso de que Alierta fuera condenado. Esa conducta, según Alierta, excede con mucho de las facultades que corresponden a un juez requerido para que cese en su competencia.

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Una estrecha relación contractual

La denuncia de Alierta contra el juez Torres, que instruye el caso Tabacalera sobre supuesta información privilegiada en la compra de acciones de dicha empresa cuando Alierta era su presidente por parte de su sobrino luis javier Placer, se basa en los siguientes y fundamentos:

El escrito señala que el juez instructor ha practicado pruebas testificales, que posteriormente ha utilizado como fundamento para exigir la prestación de una fianza sin haber atendido a la solicitud de suspensión efectuada por su defensa y la de su sobrino, Luis Javier Placer Mendoza.

Una vez que la Audiencia Nacional decretó su competencia, el juez de instrucción n° 32 acordó tomar declaración a distintos testigos. Los abogados defensores de Alierta y su sobrino reclamaron del juzgado que, en relación a alguna de ellas, acordase la suspensión habida cuenta de que los mismos tenían que acudir a diligencias señaladas con anterioridad por otros órganos judiciales. Pese a acreditar dicha circunstancia de manera fehaciente, el titular del juzgado denegó el aplazamiento y tomó declaración a diferentes testigos en ausencia de los defensores mencionados, quienes, pese a su protesta formal, se vieron impedidos de estar presentes y defender a sus clientes.

Esa circunstancia ha generado indefensión imputable al comportamiento del juez instructor que, según la denuncia, estaba obligado a acceder a lo solicitado.

Por otro lado, después de que el juzgado central de instrucción n° 4 de la Audiencia Nacional requirió al juzgado de instrucción n° 32 de Madrid para que le remitiese la causa al considerar que la Audiencia Nacional era competente, el juez Torres utilizó un procedimiento que no era aplicable al caso y recabó informes del fiscal y de la acusación popular en el trámite previo a pronunciarse sobre dicho requerimiento.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a seguir un determinado procedimiento, de tal forma que si los jueces no se ponen de acuerdo sobre su competencia deben remitir sin dilación y sin más trámites, sus decisiones al Tribunal Supremo. Éste, como órgano superior, es quien debe convocar y escuchar al Ministerio Fiscal y a las partes personadas.

El juez Torres, según la denuncia, no siguió ese procedimiento, por lo que habría actuado en fraude de ley procesal permitiendo la incorporación de informes no previstos en la ley. El fiscal del Tribunal Supremo será el que tendrá que pronunciarse sobre la competencia, pero no el fiscal que actúa ante el juzgado 32.

Supuestos tasados

La ley establece también que el juez instructor requerido de inhibición por otro juzgado puede seguir actuando sólo y exclusivamente en supuestos tasados. Pero, la ley no permite, en ningún caso, que en esa circunstancia el juez dicte resoluciones como la consistente en fijar una fianza para asegurar el eventual impago de hipotéticas multas que sólo serían exigibles en caso de una hipotética condena.

La resolución por la que el juez Torres impone una fianza millonaria, según la denuncia, además de ser considerada inusual y nula, ha de calificarse como resolución dictada al margen de las facultades que corresponden a un juez que ha sido requerido para que cese en su competencia y remita las actuaciones.

Por su parte, el juez Fernando Andreu, de la Audiencia Nacional, remitirá en los próximos días una exposición razonada al Tribunal Supremo, para que sea este órgano quien determine qué juzgado es el competente para instruir el caso Tabacalera, en el que se investiga un presunto delito de información privilegiada en la compra de acciones de Tabacalera, cuando Alierta era presidente.

El juez Andreu ha conocido por la prensa -todavía no ha recibido oficialmente la resolución- el hecho de que el juez Torres no acepta la inhibición solicitada, por lo que planteará al Supremo la cuestión de competencia.

El juez Santiago Torres, cuando ejercía en Marbella.
El juez Santiago Torres, cuando ejercía en Marbella.JULIÁN ROJAS

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