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Un tribunal da luz verde a Gallardón para que cierre una sede de la Abogacía del Estado

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado permiso al Ayuntamiento de Madrid, dirigido por el alcalde Alberto Ruiz-Gallardón, para que clausure la sede que la Abogacía del Estado tiene en el número 5 de la calle de Ayala, en el distrito de Salamanca, al carecer el inmueble de la preceptiva licencia municipal de apertura e instalación. Así lo acuerda una sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal, que desestima íntegramente el recurso que la Abogacía del Estado interpuso contra un decreto municipal de 23 de octubre de 1998 en el que el Consistorio acordaba el cese y la clausura de la actividad en la oficina.

En la orden, el gerente de Urbanismo acordó el cierre de la sede, donde se encuentra la Dirección del Servicio Jurídico del Estado, a la vez que pedía que se declarase innecesaria tal licencia para dicha actividad. En junio de 2003, la Abogacía del Estado demandó al Consistorio de la capital. El organismo estatal argumentó que el trabajo que se desarrollaba en el edificio de la calle de Ayala "no precisaba licencia de actividad alguna", por no encontrarse las funciones que se ejercían en él entre las recogidas en el ordenamiento de servicios de las corporaciones locales.

Sin embargo, la sala sostiene en su fallo que no puede pretenderse que la Administración estatal "ostente el privilegio de no estar sometida al ordenamiento jurídico", pues ello sería anticonstitucional. Además, recalca que privar a los municipios "del control de la actividad urbanística sería tanto como permitir que se use el terreno sin licencia alguna".

Licencia de instalación

En este caso, podría autorizarse la construcción en suelo rústico o especialmente protegido, o el derribo de edificios catalogados como patrimonio monumental o artístico. "Para la instalación de un establecimiento con el que es objeto de juicio es preciso que en la zona se permita el uso del suelo, y para ello es necesario una licencia de instalación", añade el texto.

La sala señala que la actividad que realiza la Dirección del Servicio Jurídico del Estado en la calle de Ayala "está sometida al Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas", ya que alberga instalaciones de climatización, un grupo electrógeno de alta potencia y un archivo en el que se almacena papel, que es un producto altamente combustible. En la licencia de obras concedida para la edificación de la sede se especificaba que para poder realizar los usos señalados -que los magistrados califican de "peligrosos"- debería pedirse una autorización especial, cosa que la Abogacía del Estado no hizo.

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Por ello, acuerdan que no cabe otra resolución "más que la clausura". Además, el tribunal, ante la petición del abogado del Estado de dos meses para regularizar la situación de la sede, recuerda que dicho plazo ya se le concedió antes de que el Ayuntamiento dictase el decreto de cese de actividad.

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