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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La inflación viaja por carretera

Si se quiere asistir en vivo y en directo al fenómeno de cómo se propaga la inflación a partir del encarecimiento de una materia prima que interviene en la formación de múltiples costes, la subida del precio del petróleo y, en consecuencia, de los combustibles, brinda una excelente oportunidad. El Comité Nacional de Transportes por Carretera (CNTC) y sus clientes, las asociaciones de cargadores, decidieron recientemente un aumento del 5% en los precios que se pagan por el traslado de la mercancía, para compensar el aumento de los precios del gasóleo de automoción, y que habría sido, según sus cálculos, del 9,5% en un año. Los transportistas han aplicado por primera vez una orden del Ministerio de Fomento de 2000 que les permite ejercer una cláusula de revisión automática del precio del transporte. Tal revisión, al alza o a la baja, podrá hacerse cada tres meses cuando el precio del combustible en surtidor varíe en un 5% o más.

Se trata, por tanto, de un mecanismo legalizado de traslación de costes a precios; precios que, a su vez, los cargadores trasladarán a la cadena de costes y acabarán llegando al consumidor. Se da la circunstancia, además, de que en este primer acuerdo de repercusión del precio del gasóleo ha actuado como mediador el Ministerio de Fomento. Es más que probable que otros grupos de servicios de transporte hayan aplicado la misma lógica y los mismos mecanismos legales. Ahora bien, la traslación de los precios al consumidor tiene pleno sentido y no ofrece dudas cuando el mercado es transparente y competitivo. Y, desde luego, sólo es admisible en condiciones de reversibilidad. Es decir, que si existe un cauce legal para que los transportistas encarezcan sus precios cuando sube el gasóleo, Fomento debería cuidar de que cuando baje también se reduzcan en la medida correspondiente los precios que pagan los clientes del transporte.

En el informe anual del Banco de España, la autoridad monetaria recomendaba que no se convirtieran las subidas de los precios de las materias primas en mayores beneficios o crecimientos salariales inmediatos, porque tales subidas son coyunturales. Esto es, no deben convertirse en costes permanentes las subidas de precios que reflejan oscilaciones temporales. Pues bien, el Gobierno y los mecanismos de competencia deben procurar que subidas esporádicas de costes no se conviertan en precios permanentes para el consumidor. Ése es un ejemplo de cómo no se combate la inflación.

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