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Un tribunal condena a un maltratador y pide que se actúe contra su novia, que le denunció y se desdijo

La Sección Novena de la Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia poco habitual que condena a un hombre a tres años de cárcel por un delito de lesiones por agredir a su novia y, al mismo tiempo, pide que la justicia actúe contra la mujer por falso testimonio, ya que en el juicio se retractó y negó los malos tratos. El tribunal reconoce que, en ocasiones, los jueces sólo dan valor a lo que oyen en la vista oral y no a lo que explican las víctimas durante la tramitación de la denuncia, pero precisan que lo que ocurrió en este juicio fue "una pantomima".

Es más. El tribunal razona que precisamente condena al maltratador, Víctor Manuel C. R., por la versión de los hechos que ofreció la novia para disculparlo y que lo absolvieran. La sentencia declara probado que la pareja discutió el 18 de agosto de 2002 en el domicilio del novio, en la zona alta de Barcelona, y que él le propinó varios puñetazos y bofetadas. Como consecuencia de la agresión, la mujer perdió dos dientes y fue asistida en dos hospitales. La novia le denunció ante la policía y después se ratificó en el juzgado. En las comparecencias posteriores ante el juez, la mujer mantuvo la misma versión y precisó incluso que reclamaba económicamente para que se le pudieran reimplantar los dos dientes.

Sin embargo, el día del juicio se desdijo por completo y declaró que si denunció al hombre fue porque el padre de ella la presionó y que, en realidad, un diente lo perdió por el golpe que sufrió como consecuencia de un mareo y el otro, mientras masticaba un filete de carne. Los jueces califican esta versión de "inverosímil" y añaden que "el contradictorio ejercicio de memoria-amnesia colectiva ofrecido sin ningún pudor al tribunal carece de la menor solidez". Al acogerse el acusado a su derecho a no declarar y ante la nueva versión de la mujer, la abogada defensora reclamó la absolución por falta de pruebas. Pero el tribunal no sólo le ha condenado a tres años de cárcel, lo que solicitaba el fiscal, sino a indemnizar a la mujer con 5.144 euros por las lesiones sufridas y las secuelas.

Además, la Audiencia de Barcelona deduce testimonio de los hechos. Es decir, pide que un juez de instrucción actúe contra la mujer por falso testimonio, un delito castigado en el Código Penal con penas de entre seis meses y dos años de prisión. Para ello, el tribunal le remite la sentencia, el acta del juicio, los partes de lesiones, las declaraciones que prestaron ambos en el juzgado y la denuncia en comisaría.

Los jueces explican que, con esa versión, la mujer sólo pretende "tapar" a su novio, con el que se ha reconciliado y se va a casar en breve, pero precisan que "el Estado no puede dejar de proceder frente a unos hechos" como éstos, "pese al interés de la víctima". La sentencia añade que la reconciliación de una pareja "no puede ser nunca un impedimento para que los tribunales condenen" si se prueban los hechos, pues éstos trascienden el ámbito privado, "resultando indiferentes las complejas y fluctuantes relaciones psicológicas que puedan jalonar la relación agresor-víctima y, con más razón, la situación de pánico que pueda sufrir la agredida".

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