Condenado el Estado por liberar "por error" a un recluso que tiroteó a un médico
La Audiencia Nacional obliga a Interior a indemnizar al facultativo con 24.000 euros
La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio del Interior a indemnizar con 24.040 euros a un médico al que tres delincuentes intentaron matar a tiros por encargo de una tercera persona. Los delincuentes dispararon tres veces contra el facultativo, pero éste sólo fue alcanzado por una bala, que le causó heridas que tardaron 90 días en curar. La Audiencia cree que el Estado es responsable patrimonial del suceso porque José M. F., cabecilla del grupo, de 51 años y vecino de Madrid, estaba en libertad "por error involuntario" de un funcionario de la prisión de Navalcarnero.
El facultativo, que aún vive con un fragmento de la bala alojado en su costado derecho y sufre dolores por ello, recibió una visita imprevista en la consulta que tiene en Marbella (Málaga). El 4 de junio de 1998, tres hombres, a cara descubierta y empuñando armas de fuego, se introdujeron en su consulta con intención de matarle.
"Conseguí parar al primero que entró. Forcejeamos y se disparó el arma, pero la bala fue contra una pared. Luego me disparó el segundo, pero falló. Pero volvió a disparar y sí que me dio", explica el facultativo. "Después, con todo el revuelo que habíamos formado, salieron huyendo", añade la víctima.
La bala le perforó el costado izquierdo, quedándole alojada cerca del estómago. Las heridas sufridas le obligaron a permanecer hospitalizado durante cuatro días y estuvo 86 más restableciéndose de las heridas.
El caso fue juzgado por vía penal en la Audiencia Provincial de Málaga, que en julio de 2002 condenó a dos de los tres miembros del grupo, José M. J. y Carlos David P. R., ambos de Madrid, a nueve años de prisión como autores de un delito de homicidio en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas.
Carlos David P. R. fue el autor material del disparo que hirió al médico, realizado con un revólver de la marca Astra del calibre 22. Juan M. J. fue considerado por el juez como el jefe del grupo, al que "los dos otros implicados obedecían". El tercer procesado, Manuel R.G., fue condenado como colaborador.
Durante la vista oral, el abogado del médico trató de demostrar que los delincuentes habían actuado por encargo de una tercera persona a la que identificó, pero el juez, pese a admitir que los delincuentes habían sido contratados para matar al médico, no condenó al presunto inductor por falta de pruebas.
Durante este primer juicio de Málaga, sin embargo, quedó en evidencia un hecho que ha sido utilizado por el facultativo para reclamar al Estado. Juan M. F., el cabecilla del grupo y un conocido delincuente de la zona de Vallecas, había sido excarcelado indebidamente un año y medio antes del tiroteo, el 12 de diciembre de 1996.
"Error involuntario"
Este preso salió en libertad al cumplir la pena por la que permanecía ingresado en el Centro Penitenciario Madrid IV, en Navalcarnero. Juan M. F., sin embargo, "fue excarcelado por un error involuntario del funcionario encargado de la tramitación de las libertades", según la sentencia, ya que "se encontraba al mismo tiempo en situación de preso preventivo a disposición de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Madrid por otro delito", continúa el fallo de la Audiencia Nacional.
Alejandra Pastor-Peris, abogada del médico, que ejercía la acusación particular, afirma que en este caso "el médico ha visto lesionados sus derechos por el mal funcionamiento de las administraciones, por lo que es aplicable la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas".
Esta ley establece que un ciudadano podrá "exigir responsabilidad patrimonial a los servicios públicos" cuando sufra "una lesión o daño cuantificable " y atribuible al mal funcionamiento de las administraciones públicas "que no ebedezca a un caso de causa mayor".
La sentencia ha sido dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Quinta, de la Audiencia Nacional, y en ella ha actuado de ponente el magistrado Fernando de Mateo Menéndez.
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