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Columna
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País Valencià

Aunque la polémica ya es antigua, hechos recientes devuelven a la actualidad un asunto enojoso en el abierto flanco de la qüestió de noms que tanto juego le ha dado a la derecha y que creíamos superado por haber cumplido ésta la mayoría de edad política y tener aceptables notas en cortesía, historia y... derecho autonómico valenciano. En primer lugar, pretender que la utilización del término País Valencià es inconstitucional, así, sin más, supone un exceso que sólo se compadece con la negación inexplicable de una evidencia recogida en el Estatuto de Autonomía. Y, en segundo lugar, nadie, que se sepa, pretende cambiarle el nombre oficial a la Comunitat Valenciana, cuando usa el término PV en documentos cuyo destino son las Cortes Españolas o Valencianas.

¿Por qué lo primero? Si los detractores del término tuviesen la deferencia de leer el Preámbulo del EACV (un texto que no tiene valor normativo directamente invocable pero que expresa datos queridos por el legislador que tienen relevancia, e incluso, ayudan a la interpretación de lo que la ley no dice con claridad) se encontrarían con algo tan interesante como lo siguiente:

"Aprobada la CE, es, en su marco, donde la tradición valenciana proveniente del histórico Reino de Valencia se encuentra con la concepción moderna del País Valenciano, dando origen a la autonomía valenciana..."

Es decir, que la razón de ser de la autonomía que el EACV consagra y convierte en ley proviene de un encuentro venturoso entre dos progenitores: uno, el histórico Reino de Valencia (entramado político-institucional que no comprendía todo el actual territorio de la Comunitat Valenciana); el otro, un simbólico conjunto de aportaciones intelectuales, testimonios políticos y proyectos de vida en común de todos los valencianos, gestado en la modernidad, y especialmente, en el medio siglo que precede al EACV, cuyos referentes son la democracia, la reivindicación idiomática y el reconocimiento del pueblo valenciano como sujeto soberano y autor de su propio destino.

Los legisladores que llevaron ese texto al Preámbulo honraron así la doble progenie de nuestra autonomía: Por una parte, una realidad institucional histórica, por otra, una voluntad ligada a un nombre que resumía lo nuevo. Pretender que cualquier alusión a uno de los términos de ese Preámbulo es directamente inconstitucional, no es solo una muestra de ignorancia jurídica y política sino una desconsideración lamentable hacia lo que los estatuyentes reconocieron allí donde menos problemas podía generar en el futuro: en el Preámbulo. Esta Comunidad Autónoma, pues, se llama oficialmente Comunitat Valenciana, pero ese nombre es un alumbramiento de dos tradiciones igualmente gloriosas: el Reino (histórico) de Valencia, y el País Valenciano de quienes defendimos democracia y autonomía en la historia reciente de nuestro pueblo. Reino y País son padres de igual derecho de la CV, y quien pretenda ilegalizar a uno de los dos, rompe la razón de ser de nuestro autogobierno.

Yo le recomiendo al próximo president de la Generalitat, que cuando jure o prometa el cargo, además de ante la CE, el EACV y los Furs, como hizo el actual, añada una selección de textos de Tomás i Martí, Lucia, Villalonga, Fuster, Sanchis Guarner y Andrés Estellés, porque esos nombres, entre muchos otros, representando la moderna concepción del País Valenciano, completan la progenie de nuestro autogobierno. ¡Y tengamos la fiesta en paz!

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