Acciones sin voto
La figura de las acciones sin voto es poco utilizada por la empresa española, como lo demuestra el hecho de que ninguna cotizada disponga de ellas. En el contexto bursátil actual de vuelta al dividendo, esta acción puede ser un instrumento a considerar que aporte ventajas para el accionista de control y para el inversor.
La contraprestación a la renuncia a los derechos políticos se materializa en un dividendo anual mínimo o en un dividendo adicional sobre el que perciban las acciones ordinarias. Si un ejercicio no hay beneficios o son insuficientes, el dividendo deberá pagarse dentro de los cinco ejercicios siguientes para las sociedades no cotizadas, o lo que fijen los estatutos en las cotizadas.
El atractivo de esta clase de acciones es inversamente proporcional a la probabilidad de cambios en la estructura de propiedad
Esta acción puede resultar interesante para empresas con una estructura de control definida y estable, y cuando la rentabilidad por dividendo sea el principal argumento de valor.
En los últimos años hemos asistido a la venta de paquetes de acciones de control por parte de accionistas de referencia a precios con primas significativas sobre cotización, precios que no se hacían extensivos al resto de accionistas. En la práctica, no todas las acciones ordinarias tenían los mismos derechos políticos efectivos y, por tanto, igual valor.
La regulación de las Ofertas Públicas de Adquisición (OPA) está diseñada para proteger a los propietarios de acciones ordinarias, pero no especifica el tratamiento de las sin voto. Sólo en las OPA de exclusión de bolsa la oferta debe extenderse a todas las acciones. El atractivo de las acciones sin voto es inversamente proporcional a la probabilidad de cambios en la estructura de propiedad.
La estructura financiera de la empresa reviste importancia adicional para las acciones sin voto. Cuanto mayor es el endeudamiento, más riesgo asumen los accionistas y más inciertos serán los dividendos. El peor escenario para el titular de estas acciones es el de una compra parcial apalancada, que se financie aumentado la deuda de la adquirida, ya que se deteriora la certidumbre del dividendo.
Arturo Rojas y Virginia González son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas.
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