Un juez avala el chip que rompe el bloqueo por zonas geográficas de los videojuegos
La Justicia italiana ha declarado ilegal la incautación de consolas Playstation porque su propietario había instalado un chip que permitía jugar con una consola europea con juegos comprados en Estados Unidos o Japón
Un juez italiano ha declarado ilegítima la incautación por parte de la fiscalía de Bolzano de unas 80 PlayStation modificadas. La modificación de estas consolas, mediante la introducción de un simple chip, permite la lectura de juegos provenientes de otra zona geográfica, ya que una consola fabricada en Europa no puede leer un juego fabricado en America o en Japon ni viceversa, ademas de dotarla de otras funciones.
El juez, Edoardo Mori, ha basado su decisión en un conflicto de derechos, entre el de autor y el de derecho de propiedad. Según el auto, dentro de un proceso todavía abierto, el propietario de un ordenador es totalmente libre de mejorarlo para conseguir el máximo rendimiento que sea posible. Y las consolas PlayStation son ordenadores. Asi lo fijó la Comisión Europea en 2003, por lo cual Sony quedó exenta de pagar las tasas de aduana por las consolas en Europa, ya que, al tratarse de ordenadores y debido al empuje europeo para facilitar el acceso a éstos, no pagaron los impuestos que habrían tenido que pagar si eran consideradas como consolas.
Lo que no dice esta disposición es que se puedan usar juegos piratas, ni avala la comercialización de éstos. Lo que sí ha dejado claro es que el propietario de un producto tiene el derecho de disfrutarlo en su máxima capacidad.
A mediados del año pasado, Sony inició un proceso penal en Italia al saber que circulaban estas consolas modificadas. La base de su acusación se basaba en dos artículos introducidos en este país tras adherirse a la EUCD (Directiva Europea sobre el Copyright). Estos dos artículos hablan de las medidas tecnológicas de seguridad que utilizan los productores de aparatos eléctricos y de la ilegalidad de manipular estas medidas de seguridad .
Según este juez de Bolzano los dos artículos introducidos por la EUCD no se cumplen porque los chips introducidos en las PlayStations no tenían la función preliminar de saltarse la protección de los derechos de autor, sino que tenían otras funciones diferentes como, por ejemplo, permitir el uso de la copia privada de los juegos, ver películas mediante la consola o leer juegos comprados en Estados Unidos. Así lo explicó el profesor de Derecho Informático de la Universidad de Milán, Giovanni Ziccardi, quien añadió que "el juzgado mantiene que el propósito de los mod-chips no es crear copias fraudulentas, sino luchar contra las prácticas empresariales monopolísticas de Sony y permitir a los consumidores ejercer la plenitud de sus derechos". Ziccardi cree "en un periodo en el cual las grandes empresas de software y el gran mundo del audiovisual de Hollywood están buscando utilizar la sanción penal para reglamentar aspectos monopolísticos y comerciales, que un juez diga que estas consolas no son incautables penalmente es un paso adelante".
La disposición judicial también hace mención a la pérdida de la garantía de un producto por abrirlo, y en el mismo sentido, a la aceptación de las cláusulas de garantía tras haber realizado la compra. Según el auto: "...todas las tentativas de vincular al comprador con notificaciones sucesivas a la compra son simplemente ridículas" El juez critica que las condiciones de garantía estén dentro de la caja del producto y sólo puedan conocerse tras la compra. El cliente, afirma, ha de ser informado antes.
En Francia, el portal más visitado sobre nuevas tecnologías recoge la noticia . En Estados Unidos se ha abierto un debate en línea entre los estudiantes de Harvard. También las páginas del Reino Unido recogen la noticia.
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