El Supremo condena a 11 magistrados del Constitucional a indemnizar a un abogado
Deberán pagarle 500 euros cada uno por rechazarle un recurso de amparo sin examinarlo
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado al presidente y a otros 10 magistrados del Tribunal Constitucional a indemnizar con 500 euros cada uno al abogado José Luis Mazón por haber rechazado sin examinarlo un recurso de amparo interpuesto contra una sentencia del Supremo que avaló la designación "a dedo" de los letrados del Constitucional. Los argumentos de la sentencia y el voto discrepante del magistrado Francisco Marín se conocerán el lunes, pero el fallo se funda en la responsabilidad civil por negligencia de los magistrados por la forma de desamparar al letrado.
La Sala de lo Civil adelantó ayer el fallo de una sentencia que dejó sin respiración a toda la clase judicial, ya que es la primera ocasión en que se sanciona por responsabilidad civil a magistrados constitucionales por negligencia en su actuación. Los jueces del Constitucional declinaron hacer ninguna valoración oficial antes de conocer la sentencia, aunque fuentes judiciales informaron de reacciones que fueron desde encolerizadas llamadas al presidente del Supremo hasta informarse resignadamente del equivalente en pesetas de los 500 euros.
El pleito se inició con la presentación por el abogado José Luis Mazón de un recurso contencioso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra la designación "a dedo" de los letrados del Tribunal Constitucional, pese a que la ley exige concurso-oposición. El recurso fue desestimado por tres votos a dos, por lo que Mazón acudió en amparo ante el propio Constitucional.
Al plantear el recurso, Mazón pidió que 11 de los 12 magistrados -Fernando Garrido Falla no intervino, por encontrarse enfermo, y falleció más adelante- se abstuvieran de resolver por tener "interés directo" en el asunto, y planteó su sustitución por otros magistrados que pudieran ser imparciales.
El 18 de julio de 2002, el Pleno del Tribunal Constitucional archivó el recurso de amparo "acordando por unanimidad la inadmisión del mismo, por cuanto que el recurso no se dirige a ese Tribunal sino a otro hipotético que le sustituya".
Frente a esta falta de respuesta jurídica a su petición, el letrado presentó una demanda de responsabilidad civil en la que pidió una indemnización de 11.000 euros por haberse archivado su recurso "sin examinarlo, como era imperativo".
La Sala de lo Civil del Supremo admitió a trámite la demanda en febrero de 2003 y el 25 de septiembre celebró una vista pública en la que el abogado del Estado, que asumió la defensa de los magistrados constitucionales, se opuso a la pretensión de Mazón, alegando que los jueces del Constitucional son "inviolables" en sus decisiones y ninguna autoridad puede pedirles responsabilidades.
No lo ha entendido así el Pleno de la Sala de lo Civil del Supremo, que en la sentencia de la que ha sido ponente su presidente, Ignacio Sierra Gil de la Cuesta, ha estimado parcialmente el recurso de Mazón y ha "declarado incursos en responsabilidad civil a todos los demandados".
Responsabilidad civil
El abogado demandante reclamó la condena de los jueces del Constitucional por responsabilidad civil dolosa o intencional, y alternativamente culposa, es decir, por negligencia pero sin mala fe.
El Supremo ha estimado que los magistrados constitucionales no actuaron de mala fe, sino que incurrieron en responsabilidad culposa, y reduce a la mitad la indemnización reclamada por el demandante. La declaración de responsabilidad por culpa evita que se plantee la situación prevista en el artículo 23.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que recoge como causa de cese de los magistrados haber sido declarados responsables civilmente por dolo. También evita una compleja solución al problema, ya que dichos ceses deberían ser acordados por mayoría de tres cuartos del Pleno del Constitucional.
El fallo declara condenados al presidente del Constitucional, Manuel Jiménez de Parga; al vicepresidente, Tomás S. Vives Antón, y a los magistrados Javier Delgado Barrio, Pablo García Manzano,Vicente Conde Martín de Hijas, Eugenio Gay Montalvo, Emilia Casas Baamonde, Elisa Pérez Vera, Guillermo Jiménez Sánchez, Pablo Cachón Villar, y Roberto García-Calvo y Montiel. Jorge Rodríguez Zapata no se encontraba en el Tribunal cuando se rechazó el amparo.
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