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La sentencia implica un respaldo a los magistrados del Supremo y un varapalo para Cardenal y Luzón

Desde la Audiencia Nacional al Tribunal Constitucional, pasando por el Tribunal Supremo, el Tribunal de Conflictos y dos formaciones distintas del Consejo General del Poder Judicial, alrededor de un centenar de jueces han tenido ocasión de pronunciarse en uno u otro sentido sobre el tortuoso caso Liaño, el juez condenado, con más garantías que nadie, por un delito de prevaricación continuada.

La sentencia del Constitucional implica además un gran espaldarazo para los magistrados Gregorio García Ancos y Enrique Bacigalupo, que dictaron la sentencia condenatoria, y el correlativo varapalo jurídico para el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, el teniente fiscal José María Luzón y el juez José Manuel Martínez-Pereda, que se opusieron a la misma.

Liaño fue condenado en octubre de 1999 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a 15 años inhabilitación con pérdida de su condición de magistrado por "abrir en falso" una causa al presidente de PRISA, Jesús de Polanco, al consejero delegado, Juan Luis Cebrián, y a otros dos altos cargos de PRISA, Gregorio Marañón y Francisco Pérez González, para perseguirles por una supuesta apropiación de los depósitos de Canal +, sin que nadie hubiese denunciado ningún perjuicio. La sentencia rechazó que el juez Javier Gómez de Liaño "pudiera erigir su voluntad en ley" para declarar secretas las actuaciones en contra de la orden de la Audiencia Nacional o para imponer una "desproporcionada y arbitraria" fianza de 200 millones a Jesús de Polanco para eludir la prisión y negarle permiso para salir de España.

En cumplimiento de la sentencia, Liaño fue expulsado de la carrera judicial y en esa situación permaneció hasta que el Gobierno de Aznar, que apoyó desde el comienzo la causa contra Sogecable, le concedió un indulto personal de toda la pena, en diciembre de 2000, que incluía el reintegro en la carrera judicial. Sin embargo, el Tribunal Supremo se negó a que Liaño reingresase en la carrera por considerarlo ilegal.

El Gobierno replicó planteando un conflicto de jurisdicción contra el Tribunal Supremo. El Tribunal de Conflictos falló a favor del Gobierno en cuanto a que Liaño debía ser reintegrado a la carrera judicial, pero no podría serlo antes de cinco años, cuando cancelase sus antecedentes penales.

Sin embargo, Liaño pidió al Consejo General del Poder Judicial su reintegro en la carrera y los 11 vocales nombrados a instancias del PP, y el de CiU, dictaminaron que podía volver a ser juez pese a tener antecedentes penales sin cancelar. Liaño, sin embargo, renunció a volver a la Judicatura y pidió una excedencia, dedicándose desde entonces a ejercer la abogacía.

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