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Condenado un ex alcalde de Robledo por malversación y falsificación

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de prisión, tres años y seis meses de inhabilitación para el ejercicio de todo cargo público y a multa de 900 euros a José Luis Ventosinos Quijada, alcalde de Robledo de Chavela entre 1983 y 1987, como autor de sendos delitos continuados de malversación de caudales públicos y falsificación de documentos oficiales.

Así lo acuerda una sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia madrileña que considera probado que entre 1984 y 1985 el entonces primer edil, de Alianza Popular, defraudó 20.900 euros a las arcas municipales del citado municipio, cantidad de la que ahora deberá responder en concepto de responsabilidad civil.

Según el fallo, contra el que cabe interponer recurso de casación, el 30 de julio de 1983 el pleno del Ayuntamiento de Robledo de Chavela asumió la competencia de recaudar, a partir del 1 de enero de 1984, las contribuciones Territoriales, Rústica, Pecuaria y Urbana, los tributos de Licencias Fiscales, Comerciales e Industriales, así como el impuesto de Actividades Profesionales y Artísticas.

Según lo dispuesto por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1983, el siguiente ejercicio sería el primero en el que los ayuntamientos podrían recaudar por sí mismos tasas locales. Así dispuesto, Ventosinos nombró a su hermano Genaro -ya fallecido- recaudador municipal.

Gestoría privada

Este nombramiento se realizó sin previa licitación y sin que se presentara ninguna fianza en el Consistorio, y la actividad recaudatoria se llevó a cabo en unos locales que el regidor tenía alquilados en el municipio y en los que explotaba una gestoría privada.

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No obstante, según narra la Sala en su resolución, el alcalde era quien realizaba la actividad que le tenía encomendada a su hermano, es decir, cobraba él mismo los impuestos a los ciudadanos en dicha oficina. De este modo, entre 1984 y 1985, "en connivencia con su familiar y guiado por el ánimo de beneficiarse ilícitamente", desvió 20.900 euros procedentes de los tributos, cantidad que no llegó a ser ingresada en las arcas públicas.

El tribunal ha considerado acreditado que el alcalde desvió caudales públicos procedentes del cobro de tasas municipales y que ingresó dichas cantidades en una cuenta corriente de la que él era titular para destinarlas a sus propios fines. Asimismo, estima probado que fue el entonces regidor quien se ocupó de la tarea recaudatoria y quien realizó la falsificación, bien personalmente o bien induciendo a una tercera persona a que lo hiciera.

Por otro lado, los magistrados le aplican la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, lo que supone una rebaja en dos grados de la pena que le correspondería al reo, para quien el fiscal pedía 12 años de prisión y 10 de inhabilitación. El encausado se justificó ante el tribunal negando los hechos.

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