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La inmigrante Melva, condenada ahora por un delito de asesinato

El tribunal eleva a tres años la pena para la ecuatoriana que abandonó a su recién nacido

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido condenar por asesinato a Felícitas Melva, la ecuatoriana que causó la muerte de su bebé, al que parió en noviembre de 2000 en el parque del Retiro y abandonó en una bolsa de plástico. Los jueces también elevan de dos a tres años la pena de cárcel que impuso la Audiencia a esta mujer, al considerar que se trató de un asesinato y no de un homicidio imprudente, como se fijó en primera instancia.

El Tribunal Superior considera que Melva, de 26 años, cometió un delito de asesinato, y no un homicidio imprudente, como había dictaminado la Sección Primera de la Audiencia de Madrid después de un juicio con jurado popular. No obstante, los jueces del alto tribunal madrileño entienden que en ese delito de asesinato atribuible a Melva concurren la agravante de parentesco y una atenuante muy cualificada de miedo insuperable, motivo este último por el que la pena ha quedado reducida a sólo tres años.

A pesar de la condena, lo más probable es que Melva no tenga que ingresar de nuevo en prisión, puesto que ya estuvo encarcelada dos años tras ser detenida en relación con estos hechos y, según la ley penitenciaria, ya tendría derecho a la libertad condicional. "Ahora, lo normal es que la pena que le queda sea sustituida por la expulsión de España", según afirman fuentes jurídicas.

La nueva sentencia del alto tribunal madrileño, que preside Javier María Casas, es fruto de un recurso interpuesto por el fiscal del caso, Rafael Escobar, decano de los fiscales de la Sección Primera de la Audiencia de Madrid. Éste solicitó que se revocase la sentencia que condenaba a Melva a dos años por homicidio imprudente y que los hechos fuesen considerados como un asesinato, al entender, entre otras cosas, que Melva voluntariamente no prestó la asistencia necesaria a su bebé para salvarle la vida tras alumbrarle en el parque del Retiro.

La Sala de lo Penal entiende que se produjo un asesinato porque la conducta de Melva fue dolosa y consciente y en ella concurre la circunstancia de alevosía contra un ser, su bebé, que estaba totalmente indefenso. El tribunal estima que Melva actuó así por una situación de miedo casi insuperable: "Temía perder su trabajo y ser expulsada de España" si daba a luz a un bebé. "Sufrió una situación de pánico incontrolable que alteró sus funciones psíquicas", explican los jueces en este nuevo y definitivo fallo.

El proceso judicial contra Melva ha sufrido vaivenes. Esta inmigrante ecuatoriana fue inicialmente condenada a 17 años de cárcel en la Audiencia de Madrid. No obstante, su abogada recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior y esta instancia judicial, cuando ella estaba cumpliendo prisión provisional, ordenó que se repitiese el juicio.

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Juicio repetido

La vista se repitió con otro jurado popular y de ahí surgió otra condena muy inferior a la primera: dos años de prisión y la calificación del delito como homicidio imprudente. En esa sentencia el jurado consideró probado que, en la mañana del 11 de noviembre de 2000, la acusada salió con un amigo de la casa en la que ambos pernoctaban. Cuando viajaban en metro ella se sintió mareada y se apeó del suburbano en la estación de Diego de León.

Sin pensar que podía estar de parto, decidió volver caminando a su casa. Como no conocía bien la zona, se perdió y llegó al parque del Retiro, que decidió atravesar para llegar hasta la estación que lleva el nombre del parque, puesto que era la que conocía para volver a su residencia. En ese momento, y en un lugar no determinado, se desencadenó el parto y dio a luz a una niña viva. Metió al bebé en dos bolsas de plástico y lo abandonó entre unos arbustos del parque.

El jurado consideró probado también que Melva conocía los cuidados requeridos por los recién nacidos "porque ya había dado a luz otra vez". Según el jurado, la mujer "no prestó a su hija la asistencia elemental que ésta habría necesitado en los primeros minutos de vida, que cualquier persona mínimamente cuidadosa habría realizado", tales como "cortar y anudar el cordón umbilical, comprobando que pudiera respirar libremente y abrigándola". "Por esta razón", entendió el jurado, "la niña sufrió un cuadro de hipoxia, hipotermia y una transfusión materno-fetal, todo lo cual provocó su fallecimiento".

El equipo de abogados que ha asistido a Felícitas Melva durante todo este largo proceso anunció ayer que interpondrá un recurso contra esta sentencia ante la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo. Los abogados, María Luz Bleda y José Casamayor, discrepan de la calificación de asesinato hecha por el Tribunal Superior, informa Ángel Zafra.

Los letrados sostienen que Felícitas Melva llegó a España, procedente de Ecuador, ya embarazada. Y que este embarazo fue fruto de unos abusos sexuales cometidos por "el patrón" para el que había trabajado como asistenta de hogar en Quito. Aseguran que la mujer sufrió un desmayo en el momento del parto, motivo por el cual desatendió a su hija.

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