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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La impugnación

Si el Tribunal Constitucional admite a trámite la impugnación presentada ayer por el Gobierno, quedará automáticamente suspendida la tramitación del llamado plan Ibarretxe en el Parlamento vasco. Y no parece que el tribunal pueda decidir otra cosa, puesto que para los casos de impugnación no está previsto un procedimiento específico de admisión. Por tanto, es prácticamente seguro que el debate parlamentario quede en suspenso hasta que el Constitucional se pronuncie sobre el fondo en un plazo máximo de cinco meses.

El texto de la impugnación no resuelve las múltiples dudas sobre su procedencia jurídica en este momento. El Gobierno admite la dificultad de recurrir un proyecto legislativo, dado que puede experimentar variaciones en su tramitación. Pero sostiene que su responsabilidad en defensa del orden constitucional le obliga a utilizar la posibilidad abierta por el artículo 161.2 de la Constitución de impugnar "disposiciones y resoluciones" de las comunidades autónomas que supongan quebrar "el orden de competencias". El argumento de fondo es que el Gobierno vasco ha asumido una responsabilidad que no le corresponde al presentar bajo apariencia de una reforma del Estatuto, para la que sí tendría competencia, una revisión radical de la Constitución.

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El problema es que no está claro que el envío de una propuesta o proyecto al Parlamento y su toma en consideración por la Mesa sean "disposiciones o resoluciones" y no parte de un proceso que sólo se convierte en resolutivo cuando culmina. Que la propuesta de Ibarretxe no tiene encaje constitucional es algo que admiten incluso los juristas mejor predispuestos hacia ella. Pero la Constitución admite ser reformada desde la legalidad, luego la cuestión no está tanto en los contenidos concretos de la reforma como en el respeto a los procedimientos. El Parlamento vasco podría instar la reforma con arreglo a un procedimiento previsto, pero el plan Ibarretxe se lo salta, y es eso lo que resulta recurrible, aunque no esté claro en qué momento puede hacerse.

Con independencia de los fundamentos de derecho de la impugnación, e incluso de su oportunidad política, el plan Iberretxe está abocado al conflicto. Más que camuflar una reforma de la Constitución, la da por suspendida en el País Vasco, atribuyéndose un poder constituyente. Ningún Parlamento del mundo admitiría algo semejante. Ni siquiera es posible entrar a discutir su articulado, como ya han adelantado socialistas y populares vascos. ¿Estaría dispuesto Ibarretxe a sacar adelante un proyecto en cuya discusión no hubieran siquiera participado partidos que representan a casi la mitad de la población y que tienen mayoría en uno de los tres territorios que, según el plan, deberían ratificar su propuesta?

Pero si el desenlace es conocido, ¿no debería salir de las filas del nacionalismo vasco la decisión de aprovechar esta paralización temporal para adaptar su propuesta a los procedimientos legales y a los condicionantes objetivos de la realidad? Así acabaron haciéndolo los nacionalistas de la generación de la República tras ver rechazado el proyecto de Estatuto de Estella, considerado inconstitucional por las Cortes Constituyentes.

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