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Columna
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Éxito y fracaso

"Es de destacar la notable profesionalidad con que han actuado las fuerzas de orden público, dotadas de medios técnicos notables, a la vez que movidas por una gran profesionalidad, prudencia y sentido de servicio público". En estos términos se expresaba Diario de Sevilla ayer sábado en un editorial significativamente titulado: Éxito policial. Un crimen se esclarece.

No creo que ningún ciudadano decente haya dejado de recibir con satisfacción la noticia de la detención de Tony Alexander King como consecuencia de los indicios incriminatorios que los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado han sido capaces de acumular. Me imagino que, además, para los ciudadanos de Coín, la satisfacción debe de haberse combinado con el alivio de ver que se levantaban las sospechas que sobre algunos de los vecinos se habían venido acumulando en estos últimos meses.

Confío en que haya un reconocimiento del error cometido con Dolores Vázquez y que se pidan disculpas

Ahora bien, la alabanza que en este caso merece la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado no puede desvincularse de la censura que mereció y sigue mereciendo su actuación en la investigación del caso de Rocío Wanninkhof. Si ahora, en la investigación de la muerte de Sonia Carabantes, ha habido "profesionalidad, prudencia y sentido del servicio público", en el caso de Rocio Wanninkhof hubo todo lo contrario.

Y esto hay que decirlo, sobre todo para evitar que pueda volver a pasar y que a algún ciudadano/a pueda ocurrirle en el futuro lo que le ocurrió y desgraciadamente le sigue ocurriendo a Dolores Vázquez. No se puede desvincular en el análisis y en la valoración de un servicio público tan esencial como es el que prestan las fuerzas y cuepos de seguridad del Estado el éxito y el fracaso. En especial cuando existe una vinculación tan estrecha, como la que existe en este caso, entre el éxito y el fracaso. Si hoy podemos decir que la actuación policial ha sido "profesional y prudente", tenemos también que decir que hace unos años no fue ni lo uno ni lo otro. Y que como consecuencia de su falta de profesionalidad y de prudencia se ocasionó un daño enorme al proceso de administración de justicia y una lesión casi prácticamente irreparable a Dolores Vázquez.

Todavía en el día de ayer Antonio Soler, en un artículo titulado Furia, con cuyo contenido estoy básicamente de acuerdo, deslizaba la siguiente barbaridad: "Quizá Dolores Vázquez resulte inocente". A esto es a lo que condujo la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, a convertir la presunción de inocencia en presunción de culpabilidad. En lugar de resultar culpable como consecuencia de que existan pruebas que destruyen su presunción de inocencia, Dolores Vázquez puede acabar resultando inocente, porque ya ha sido declarada culpable por la investigación policial. Si esto se cuela en un texto escrito en un periodista con tanta experiencia como Antonio Soler, ¿qué es lo que no se habrá colado en la opinión pública?

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Obviamente, no toda la responsabilidad es atribuible a las fuerzas y cuerpos de seguridad, ya que fue, por lo menos, tan poco profesional y tan imprudente la actuación del juez de instrucción, del ministerio fiscal, de los jueces de la Audiencia Provincial que revisaron la decisión sobre la prisión provisional acordada por el juez de instrucción y la del magistrado presidente del tribunal del jurado que acabó condenando a Dolores Vázquez. Únicamente la decisión de la sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que anuló la sentencia y ordenó la repetición del juicio, actuó de manera correcta. Dolores Vázquez ha sido víctima de un fallo cumulativo de casi todos los instrumentos previstos en nuestro ordenamiento para la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Afortunadamente para ella, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no se dejó arrastrar, como lo hicieron los demás órganos judiciales y de la fiscalía, por la capacidad persuasiva de los agentes policiales que habían llevado la investigación y se atuvieron a lo que un tribunal penal tiene que atenerse: a la existencia o no de prueba incriminatoria de cargo destructora de la presunción de inocencia.

Lo que escribo hoy coincide con lo que escribí en su momento, tanto cuando se mantuvo a Dolores Vázquez en prisión provisional, como cuando fue condenada y cuando el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló la sentencia condenatoria y ordenó la repetición del juicio. Me pareció una barbaridad todo lo que se estaba haciendo. Así como también me lo parece que se haya filtrado la noticia de que Tony Alexander King y Dolores Vázquez se habían conocido cuando él había trabajado en un hotel de la que ella había sido gerente. Parece como si los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad no hubieran estado dispuestos a revisar la condena que en su día dictaron sin pruebas contra una ciudadana inocente.

Me alegro mucho de que las fuerzas y cuerpos de seguridad actúen correctamente y cumplan adecuadamente con la tarea que tienen constitucionalmente encomendada que, no se nos debe olvidar, es la de "proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana" (art. 104.1 CE). Pero me preocupa que no estemos alerta ante la actuación incorrecta de dichas fuerzas y cuerpos de seguridad, porque el coste es terrible. No creo que sea difícil intelectualmente para nadie ponerse en el lugar de Dolores Vázquez, aunque es evidente que nadie que no haya pasado por una situación parecida, que afortunadamente serán muy pocas, pueda realmente sentir el dolor que ella debe haber sufrido. Confio en que haya un reconocimiento expreso del error y que se pidan las disculpas pertinentes.

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