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Análisis:ANÁLISIS | NACIONAL
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La ducha escocesa

LA ANUNCIADA DEMANDA del Gobierno de Ibarretxe ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que dió luz verde a la Ley Orgánica de Partidos Políticos (LOPP) de 27 de junio de 2002 no debería sorprender en términos estrictamente políticos; el recurso interpuesto en su día por el Ejecutivo de Vitoria para exigir que la nueva norma fuese declarada inconstitucional sólo significó un paso hacia ese objetivo: los arbitrajes internacionales de los conflictos provocados en Euskadi por las reivindicaciones independentistas es un viejo ensueño de la ideología nacionalista. La perplejidad ante la noticia nace mas bien de motivaciones jurídicas: la admisión de la demanda por el TEDH tropezaría con obstáculos procesales difícilmente superables.

El Ejecutivo de Ibarretxe recurre ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos las resoluciones del Constitucional que dieron luz verde a la ley de partidos y rechazaron la recusación de su presidente

Creado para garantizar el cumplimiento del Convenio de Roma de 1950 por los Estados miembros del Consejo de Europa , el TEDH ampara los derechos humanos y las libertades fundamentales. Los actores con capacidad para poner en marcha esa maquinaria judicial son únicamente los Estados signatarios -frente a los demás firmantes- "o cualquier persona física, organización no gubernamental o grupo de particulares" que denuncien la vulneración por alguna autoridad pública de esos derechos y libertades . En tanto que engranajes de maquinarias estatales soberanas, los gobiernos autonómicos carecerían ante el TEDH de la legitimación procesal que les permite, en cambio, apelar ante el TC español en determinados supuestos. Pese a la fértil imaginación mostrada por algunos expertos jurídicos para buscar resquicios en las normas e introducirse dentro de sus muros, no parece prima facie que el Gobierno de Vitoria disponga de la escoba mágica que le permita viajar hasta Estrasburgo con éxito.

El Gobierno de Ibarretxe alega que la LOPP conculca el principio de legalidad ( la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas) y la libertad de asociación (eje básico del sistema democrático). También aduce que el rechazo de su recusación al presidente del alto tribunal, Manuel Jiménez de Parga, viola el derecho al juez imparcial y al proceso equitativo. Por lo demás, tampoco habría motivo para rasgarse las vestiduras si el Gobierno de Vitoria lograse -directamente o mediante algún rodeo- legitimación procesal para acudir a Estrasburgo: el litigio simplemente habría llegado hasta su última instancia y las vias para dirimirlo quedarían agotadas. El eventual pronunciamiento del TEDH permitiría comprobar si el TC interpretó o no correctamente la doctrina de Estrasburgo, pródigamente utilizada como fundamento de su sentencia sobre la LOPP; el reñidísimo resultado de la recusación interpuesta por el Gobierno vasco contra el presidente del TC -seis magistrados votaron en contra y cinco a favor- giró también en torno a esa jurisprudencia.

El Estado de derecho no es un garrote puesto en manos del Gobierno para castigar a malhechores o discrepantes, sino el ámbito donde tribunales independientes resuelven bajo el imperio de la ley los conflictos jurídicos de los ciudadanos entre sí o con la Administración. El buen funcionamiento de esa delicada y compleja estructura exige la previa aceptación por las partes enfrentadas de las reglas del juego, con independencia de que los fallos judiciales les sean favorables o adversos. Todos los partidos políticos -incluidos el PP y el PSOE- suelen elogiar a los tribunales cuando ganan y censurarles cuando pierden; sin embargo, el nacionalismo vasco da un paso mas allá al utilizar esa ducha escocesa de alabanzas y condenas para deslegitimar al Poder Judicial como institución. Si Baltasar Garzón y el Supremo han recibido durante el último año injuriosas descalificaciones del PNV a cuenta de sus resoluciones sobre Batasuna, la actual resistencia de la Mesa del Parlamento vasco a ejecutar la orden judicial de suprimir la subvención a su grupo parlamentario parece sacada del teatro del absurdo. Habrá ocasión de comprobar si el TEDH es arrojado también a los lobos caso de rechazar la demanda del Gobierno de Vitoria o de pronunciarse en su contra sobre el fondo del asunto.

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