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El Constitucional admite el recurso de amparo de 'los Albertos' contra su condena firme

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo de Alberto Cortina y Alberto Alcocer, conocidos como los Albertos, contra la condena, confirmada por el Supremo, a tres años y cuatro meses de prisión cada uno, como autores de delitos de falsedad y estafa agravada en el caso Urbanor, relativo a la venta de los solares de las torres KIO en la plaza de Castilla de Madrid.

La resolución de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional concede 10 días a los recurrentes, al Ministerio Fiscal y al Abogado del Estado para que formulen las alegaciones que consideren procedentes. En cambio, no se pronuncia sobre la suspensión de la condena, ya que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, que fue el tribunal sentenciador ya decretó en marzo de este año la suspensión de la condena mientras se tramita el indulto solicitado.

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Cortina y Alcocer fueron condenados por haber falsificado ante sus socios minoritarios una oferta de KIO sobre los solares de la plaza de Castilla. Mientras los socios cobraron a razón de 150.000 de las antiguas pesetas el metro cuadrado, ellos se embolsaron a razón de hasta 388.000 pesetas, causándoles un perjuicio de unos 4.000 millones.

Polémica sobre la prescripción

Frente al criterio de la Audiencia Provincial de que los Albertos debían ser absueltos, por haber prescrito los delitos de falsedad y estafa que habían cometido, la Sala Penal del Tribunal Supremo, basándose en los hechos declarados probados por el tribunal enjuiciador, estimó que tales delitos no habían prescrito, de acuerdo con una corriente interpretativa "sostenida en los últimos años" y que "aparece bastante consolidada", según el Supremo.

El Supremo interpretó que desde el momento en que se presenta la querella ya se interrumpe la prescripción. Entre los argumentos del recurso de amparo, los Albertos invocan la interpretación de la Audiencia, calificada de "formalista" por el Supremo.

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