Cuatro años de condena para un militar por acoso sexual a tres mujeres soldado
El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro años y medio al subteniente del Ejército del Aire Lorenzo R. R., actualmente destinado en Sóller (Mallorca), por tres delitos consumados de abuso de autoridad, en su modalidad de trato degradante a un inferior, respecto a tres mujeres militares sobre las que realizó presiones e insinuaciones de tipo sexual.
El tribunal considera probado que hubo "expresiones, contactos, proposiciones y situación de persecución y acoso, que en dos casos se acompañaron por el inculpado de la amenaza intimidatoria concreta de que si las acosadas no aceptaban a través su comportamiento las propuestas del ofensor, al ser éste su tutor, ello se reflejaría en las calificaciones que determinarían la posibilidad de la continuidad del compromiso" o contrato firmado por las mujeres.
Para el Supremo, los hechos tienen "la gravedad e intensidad suficientes" para encajarlos en este delito y rechaza el argumento del recurso del acusado de que era en broma. El tribunal define los hechos como "indignos y absolutamente reprochables", que revisten "notoria gravedad, con ofensas morales y, en un caso, graves perjuicios psíquicos".
Respecto a una de las jóvenes, que estuvo de baja médica por depresión y a la que deberá indemnizar el Estado con 12.000 euros, la sentencia señala que "el trato degradante incluye situaciones en que la víctima sienta sentimientos de humillación y vea perturbada su estabilidad física o psíquica, quedando patente la absoluta oposición de la misma a los deseos e intenciones de quien perturba su libertad sexual prevaliéndose de su jerarquía".
El tribunal considera probado que hubo "tratos degradantes evidentes" respecto a la soldado R. G. V., a quien hizo subir a su coche y "se aproximó físicamente diciéndole 'estás muy buena', 'estás para que te eche un polvo" o "te voy a follar aquí mismo".
Además, el acusado le hizo comentarios soeces a la soldado E. L. B. como que "si tuviera veinte años menos te pegaría un polvo que te dejaría como nueva". Pero el tribunal explica que "el caso en que la persecución fue constante y alcanzó altos niveles de gravedad, con consecuencias en la libertad y en la estabilidad psíquica de la afectada", fue respecto a la cabo S. G. A. El texto judicial dice que esta fue sometida desde mediados de 1998 hasta el 13 de diciembre, "a un constante acoso habitual", ya que compartían oficina y en ella la requirió "en numerosas ocasiones a que 'le quisiera', con insinuaciones descaradas y tocamientos".
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