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El TSJA emplea nuevos argumentos para suspender ahora la inspección autonómica que avaló en febrero

La Consejería de Economía recibió este fin de semana la notificación del último auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con el que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo suspende cautelarmente su inspección a Cajasur. El auto, fechado el 12 de abril, se justifica con argumentos muy distintos a los que llevaron a esa misma sala a rechazar otra petición similar de la caja cordobesa apenas mes y medio antes.

La consejera de Economía, Magdalena Álvarez, recalcó ayer que la "misma sala y el mismo ponente" del TSJA, emitió un auto el pasado 20 de febrero para "que terminasen los trabajos auxiliares de la consultora [privada] KPMG y continuasen las labores inspectoras de la Junta de Andalucía". Y que ya entonces, la Consejería decidió suspender de forma unilateral la inspección por el "obstruccionismo" de la entidad. Ese auto dio respuesta a un recurso de Cajasur en el que solicitaba la suspensión cautelar de la inspección autonómica por haber contado con el auxilio de la consultora privada. Entonces, el TSJA ordenó que el personal de KPMG cesara en "toda actividad inspectora propiamente dicha", pero concluyó: "No ha lugar a la suspensión de la inspección de la Consejería de Economía".

En el auto del 20 de febrero, el TSJA apreció que la "inspección de una institución financiera es un interés general digno de ser protegido", que podía ser dañado si era suspendida cautelarmente hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo del recurso, resolucíon que aún no ha tenido lugar. En el momento del auto, estaba en vigor ya la nueva Ley Financiera (publicada en noviembre de 2002), que reserva amplias competencias de control administrativo al Ministerio de Economía sobre cajas de "fundación directa por la Iglesia católica", supuesto que sólo cumple la caja presidida por el sacerdote Miguel Castillejo entre las 50 entidades españolas.

La citada Ley Financiera indica que "la aprobación de estatutos, de los reglamentos que regulan los órganos de gobierno y del presupuesto de la obra social" de las cajas de fundación directa de la Iglesia serán competencia del Ministerio de Economía. Es decir, no hay mención directa a las funciones de inspección, que según Cajasur han pasado al Gobierno (así lo refleja en los estatutos aprobados por el Ministerio el mes pasado) y, según la Junta, siguen en manos autonómicas.

En el nuevo recurso que interpuso Cajasur en marzo, la caja volvió a plantear la suspensión cautelar de la inspección autonómica al considerarla competencia del Gobierno central. Para ello, eligió una nueva vía que le permite impugnar un acto de la Administración si no ha atendido en un plazo de tres meses su reclamación (en este caso, que la Junta deje la inspección tras la aprobación de la Ley Financiera).

Frente a lo mantenido en el primer auto, el TSJA no percibe en esta ocasión una "perturbación grave del interés general", ya que, sostiene, ahora la actividad inspectora puede ser continuada por el Ministerio. Por tanto, atiende la petición de suspensión ya que considera que "no es evidente que la actuación administrativa de la Junta se produjera dentro de su competencia por existir una nueva regulación legal".

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