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La audiencia absuelve a Puigneró y da un duro varapalo a la fiscalía

La sentencia cierra una larga actuación judicial iniciada en 1991

Absolución por goleada y duro varapalo a la fiscalía. Ése es el contenido de la sentencia que dictó ayer la Audiencia de Barcelona por la que absuelve al empresario Josep Puigneró de delito ecológico y censura con una dureza inusual la actuación en todo este proceso del fiscal de medio ambiente, José Joaquín Pérez de Gregorio, de quien se dice que actuó con mala fe procesal e incumplió los requisitos legales.

Josep Puigneró, de 72 años, fue juzgado hace unos días de un delito ecológico por la actividad supuestamente contaminante de la empresa textil Hilados y Tejidos Puigneró, situada en Sant Bartomeu del Grau (Osona). El fiscal solicitó para él cuatro años de cárcel por vertidos contaminantes al cauce de la riera de la Tuta y del río Sorreig entre 1994 y 1995, y otros seis años de cárcel por vertidos efectuados entre 1997 y 1998.

En cuanto a los primeros hechos, la sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia de Barcelona determina que debieron haberse incluido en el proceso que acabó condenando al empresario a cuatro años de prisión, y respecto a los vertidos de 1997 y 1998, el tribunal entiende que las muestras de agua demostraron que no sobrepasaban los límites legales.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús María Barrientos, censura con dureza la actuación del fiscal de medio ambiente, José Joaquín Pérez de Gregorio. Tanto, que le acusa de actuar "desconociendo el imperativo" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal e incluso el propio Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los jueces entienden que el fiscal nunca debió querellarse contra Puigneró por los vertidos de 1994 y 1995, sino que debía haber incorporado los resultados de las muestras recogidas a alguno de los dos procesos penales que entonces tenía abiertos el empresario. Por eso, el tribunal considera que se trataba de un delito continuado contra el medio ambiente y no de delitos distintos. Además, los jueces establecen que no le correspondía investigarlo al fiscal, sino ponerlo en conocimiento del juez de instrucción.

Por ese motivo, la Audiencia considera que la actuación del fiscal fue "contraria a cualquier principio de buena fe procesal". En cuanto a los vertidos de 1997 y 1998, el tribunal afirma que se ajustan a la ley y que ni siquiera son una infracción administrativa porque la Junta de Saneamiento de la Generalitat analizó las muestras de agua y le concedió en septiembre de 1997 la licencia de vertidos, que le había retirado tres años antes. En julio de 1996 la empresa de Puigneró había instalado una depuradora biológica.

Cuatro años de cárcel

Además, el tribunal recuerda que cuando se produjeron esos vertidos Puigneró estaba cumpliendo la sentencia firme de cuatro años de cárcel que le impuso precisamente en 1995 la propia Audiencia de Barcelona por vertidos realizados entre 1990 y 1993. El 17 de abril de 1997 Puigneró ingresó en la prisión de Quatre Camins y se convirtió así en el primer empresario español, y el único hasta ahora, encarcelado por ese motivo.

Pablo Molins, defensor de Puigneró, expresó ayer su satisfacción por la absolución y destacó que la sentencia recoge los argumentos que él planteó en el juicio. El abogado fue incluso más allá y aseguró que su cliente "ha sufrido una persecución injustificada que sólo perseguía la crítica a la política medioambiental de la Generalitat " y provocar un "efecto intimidatorio sobre el empresariado catalán". Según Molins, "la justicia ha puesto en su lugar al ministerio fiscal".

Esta sentencia cierra una larga actuación judicial contra Puigneró iniciada el 13 de febrero de 1991, cuando la fiscalía se querelló por primera vez contra él por delito ecológico. Desde entonces hasta ahora, el empresario ha afrontado otras cinco querellas y sólo una de ellas, la primera, ha acabado en sentencia condenatoria.

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