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Los seguros de vida deben tributar como aumentos patrimoniales

Las cantidades percibidas a los 65 años como consecuencia de un seguro de vida o invalidez en forma de capital diferido deben considerarse ganancias patrimoniales y no rendimientos del trabajo, según una sentencia del Tribunal Supremo que publica el portal jurídico Datadiar.com. Esto implica una menor tributación de esas cantidades, ya que se les aplica la tarifa sobre plusvalías (15%) en lugar de la tarifa general (del 15% al 45%).

Por otra parte, los contribuyentes con derecho a la devolución rápida del IRPF (aquellos con rentas anuales inferiores a 21.035,42 euros brutos, exentos de la obligación de declarar) podrán solicitarla desde el próximo 1 de marzo y hasta el 15 de abril, según una resolución de la Agencia Tributaria publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.

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