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Seis años de cárcel a un oficial de un juzgado de Sueca por estafa

Julio R.T., oficial de la sección civil del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Sueca, ha sido condenado a seis años de cárcel por un delito de falsedad continuada en documento público para cometer una estafa. Julio R.T., de 41 años, se apropió de 1.215.330 pesetas (7.304,28 euros) de la tramitación de los procedimientos hipotecarios valiéndose de su condición de trabajador del juzgado y con la ayuda de Silvia C.Z., quien consignaba la información que él le proporcionaba porque pensaba que era abogado.

Según consta en la sentencia dictada por el tribunal de la sección cuarta de la Audiencia de Valencia, los días 13 y 26 de julio de 2001, Silvia C. se presentó en las oficinas del BBVA provista de los respectivos mandamientos perfectamente cumplimentados y obtuvo el pago en metálico de 4.657, 84 euros y 2.646,44 euros respectivamente. Consta asimismo en el fallo que Silvia C. entregó el dinero a Julio R.T. y que éste dispuso sin contar con ella. Julio R.T. conseguía los impresos en el juzgado, los rellenaba e imitaba la firma de la secretaria del juzgado. El funcionario judicial ahora condenado reconoció los hechos tanto ante la policía en su momento como ante el juez en la vista oral celebrada el pasado mes. Y afirmó en su declaración que había ideado la maniobra para pagar deudas personales a las que no había podido hacer frente y que había decidido que fueran cantidades que nadie había reclamado.

Absuelta

La Audiencia ha absuelto a Silvia C.Z.. Considera el tribunal que a pesar de ser cierto que fue ella quien rellenó los impresos, lo hizo siempre por orden de Julio R.T., sin estampar firma alguna y sin conocer el fin último de lo que estaba realizando, ya que para ella el condenado era un conocido que ejercía de abogado. El funcionario de la oficina bancaria declaró que Silvia C.Z. nunca firmó papel alguno ni mostró ánimo de lucro. La sala ha considerado que Julio R.T. es autor de un delito continuado de falsedad en documento público como medio para cometer una estafa. Por ello, le impone una pena de cárcel de seis años, en los que se contempla la circunstancia agravante de prevalerse de su cargo público, inhabilitación especial para empleo o cargo público por seis años, multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros y la mitad de las costas originadas por el procedimiento. Además, Julio R.T. deberá abonar al Estado, a través del Ministerio de Justicia, los 7.304,28 euros de que se apropió, más los intereses que corresponda.

En la sentencia, el tribunal destaca especialmente la condición de funcionario del condenado y señala que no se ha acreditado "ni mínimamente", las circunstancias eximentes que expuso la defensa "de alteración psíquica impeditiva del conocimiento de la ilegalidad del hecho, ni puede con rigor mantenerse la concurrencia como eximente, ni siquiera como atenuante, de un estado de necesidad fundado en unas deudas inconcretas y únicamente alegadas por el acusado".

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