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El Poder Judicial archiva el caso de la juez que excarceló a un etarra

La Inspección afirma que Ruth Alonso actuó conforme a los requisitos

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) archivó ayer la investigación del servicio de Inspección del Consejo a la juez de vigilancia penitenciaria de Bilbao Ruth Alonso por la excarcelación del etarra Félix Gil Ostoaga, condenado por seis asesinatos. En coherencia con esta decisión, siete vocales de la minoría progresista retiraron la acusación de que había una 'causa general' contra la actuación jurisdiccional de la juez.

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La decisión del pleno del CGPJ estuvo precedida por un acuerdo de su Comisión Disciplinaria, contraria a la apertura de un expediente disciplinario a la juez Alonso, a la vista de la información previa realizada por la Inspección del CGPJ por orden del presidente del Consejo, Francisco José Hernando.

El informe de la Inspección, de 42 folios y al que ha tenido acceso este periódico, detalla la actuación jurisdiccional de la juez Alonso en relación con la mencionada excarcelación y propone el archivo del asunto.

El Servicio de Inspección 'comprueba que concurren los requisitos legalmente previstos en el artículo 90 del Código Penal para que el recurrente [Gil Ostoaga] pueda ser puesto en libertad condicional, (...) no favoreciendo la prolongación del internamiento ningún efecto deseable ni para el recurrente ni para la comunidad, sino más bien entorpeciendo su incorporación normalizada en la sociedad, es decir, su proceso de reinserción social'.

En contraste con los reproches hechos por el vicepresidente primero del Gobierno, Mariano Rajoy, el pasado 25 de octubre a Ruth Alonso, el informe de la Inspección detalla las actuaciones de la juez, entre ellas la petición a la cárcel de Nanclares de la Oca (Álava) de la sentencia condenatoria; los informes penal, penitenciario, social y psicológico, así como del educador y del subdirector de tratamiento sobre pronóstico de reinserción social y posible nivel de reincidencia.

Petición implícita

El informe de la Inspección estima inadmisible la oposición del fiscal a la excarcelación por no estar el interno en tercer grado, ya que 'el hecho sin más de solicitar la libertad condicional implícitamente conlleva el deseo del tercer grado (...) como requisito legalmente necesario para acceder a la libertad condicional'.

Tras el detallado análisis de la actuación jurisdiccional, una de las conclusiones de la Inspección es que las resoluciones de Ruth Alonso 'tienen estricto carácter jurisdiccional y, por lo tanto, están vedadas a este Servicio de Inspección, conforme a lo dispuesto en los artículos 12 y 176.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial'.

El acuerdo del pleno del Consejo se vinculó, según el vocal José Antonio Alonso, propuesto por el PSOE, no al contenido del informe sino 'a la dimensión estrictamente jurisdiccional de la actuación de la juez, en la que el CGPJ no puede interferir'.

El pleno aprobó el informe sobre el Estatuto del Ministerio Fiscal, si bien varios vocales de la minoría progresista mantuvieron sus reservas sobre la futura ley. Félix Pantoja, propuesto por IU; Alfons López Tena, designado a iniciativa de CiU, y Ángeles García, propuesta por el PSOE, anunciaron votos particulares.

El CGPJ desestimó el recurso del magistrado Joaquín Navarro Estevan contra tres sanciones disciplinarias por un total de 3.906 euros, por haber publicado en el diario Gara en noviembre de 2000, entre otras críticas al presidente del Gobierno y al juez Baltasar Garzón, que la afirmación de José María Aznar de que 'un terrorista 'es siempre un terrorista, aunque sea un menor' es propia de un terrorista, y además es convertir al Estado en terrorista'.

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