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Reportaje:

Un proyecto descafeinado

La versión de la ley de Igualdad de Hombres y Mujeres que debaten las Cortes sufre importantes cambios

El proyecto de ley de Igualdad de Hombres y Mujeres que se debatirá próximamente en las Cortes ha sufrido importantes modificaciones con respecto al texto inicial, que el Consell vendió en su momento a bombo y platillo y que fue bien recibido por los sectores implicados, incluido el Consejo Valenciano de la Mujer. Aquel texto, que fue informado favorablemente por el Consejo Económico y Social (CES), volvió entonces al Consell. Pero cuando fue remitido al Consejo Jurídico Consultivo (CJC) había sido modificado de forma radical. Tanto que el órgano consultivo emitió un informe bastante negativo. Una 'estafa', según denunció la diputada socialista Carmen Ninet al conocer el texto definitivo. Tanto ha cambiado el texto, tan descafeinado ha llegado al Parlamento, que hasta el propio Grupo Popular pidió una semana de ampliación del plazo para la presentación de enmiendas: no tenían bastante con los ocho días adicionales que habían solicitado los socialistas. Todo parece indicar que el PP tratará de mejorar por la vía de las enmiendas en la comisión un proyecto que, según esta diputada, no recoge 'las ideas revolucionarias' que el consejero de Bienestar Social, Rafael Blasco, 'había plasmado en grandes titulares mediáticos'. El proyecto actual 'va a generar confusión', así como 'indefensión jurídica', según los socialistas, que añaden que su redacción 'genérica' es 'más propia de planes de igualdad que de leyes'.

Ha desaparecido el compromiso de que la Generalitat ejerciera la acción popular
En su análisis de los entes cuya creación prevé la ley, el CJC se muestra crítico

Según Ninet, en el texto que ha llegado a las Cortes ha desaparecido la 'propuesta estrella' de Blasco, que suponía el compromiso de que la Generalitat ejerciera la acción popular en casos de violencia sexista. Otros reproches de los socialistas se refieren a la escasa concreción acerca de las medidas para llevar a cabo los objetivos del proyecto y a la desaparición de cuestiones relacionadas con el área de salud. Además, critican que se obvie la composición de los organismos de los que habla.

Pero si el proyecto ha sido objeto de crítica política, también ha sido censurado por el CJC, y no sólo desde el punto de vista jurídico, sino incluso en su aspecto gramatical y ortográfico. Pero es el análisis jurídico el que pone de manifiesto la escasa calidad del texto. En su informe, que los socialistas califican de 'demoledor', el CJC señala, entre otras cuestiones, que el proyecto contiene 'un gran número de preceptos que expresan declaraciones de principios o de buena voluntad' y que 'proclama los fines que persigue, pero no siempre establece los medios para alcanzarlos'. Y añade: 'Son pocas las disposiciones del proyecto que fijan la consecuencia de su incumplimiento o vulneración', de manera que 'la escasa densidad normativa o prescriptiva y el contenido esencialmente programático dejan abiertos y difusos amplios espacios interpretativos cuya extensión puede llegar a debilitar o menoscabar el principio de seguridad jurídica'.

En su redacción inicial el proyecto señalaba que, con el fin de favorecer la presencia de mujeres en las listas electorales a las Cortes Valencianas, 'los partidos que presenten sus candidaturas con presencia y posición equilibrada de hombres y mujeres, se beneficiarán de un incremento del 50% de tiempo gratuito que les hubiera correspondido en los medios de comunicación de titularidad pública'. La referencia al 50% ha desaparecido en la versión remitida a las Cortes. Pero ni aún así es del agrado del CJC, que en este punto hace una observación de carácter 'esencial', al señalar que 'dada la imprecisión del artículo, no se puede determinar de qué modo el Gobierno valenciano puede favorecer la presencia de mujeres en las correspondientes candidaturas'. Y añade que esta cuestión afecta a la Ley Electoral Valenciana, que debería ser modificada para incluir ese precepto.

En su análisis de los entes administrativos cuya creación prevé la ley, el CJC también se muestra crítico: 'En ninguno de estos preceptos en los que se determina la existencia de órganos administrativos a los que se encomienda la aplicación y vigilancia de esta ley se precisa su composición'. Así, al comentar el artículo que prevé la creación de la Defensoría de la Igualdad, señala: 'Se crea la Defensoría cuando en el apartado segundo del mismo precepto se configura como una función a desempeñar por el Síndic de Greuges'.

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