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Los taxistas de Barcelona recuperarán 15 millones de euros que pagaron por contribuciones indebidas

Todos los taxistas de Barcelona podrán recuperar el importe de las contribuciones especiales pagadas como consecuencia de la entrada en vigor del Plan de Viabilidad y Modernización del sector, anulado después por los tribunales. Una nueva sentencia judicial precisa que la devolución debe hacerse extensiva a todos los afectados y no sólo a los que impugnaron inicialmente el plan. Los pagos que por este concepto habrá de realizar el Instituto Metropolitano del Taxi -organismo que preside Francesc Narváez, concejal de Vía Pública del Ayuntamiento de Barcelona- alcanza los 15 millones de euros.

Una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona ordena al Instituto Metropolitano del Taxi (Imet) que devuelva a dos taxistas 'todas' las cantidades que ingresaron para financiar dicho plan. La novedad de la resolución radica en que se ordena devolver las cantidades pagadas a dos taxistas que no impugnaron en su día el plan ante los tribunales. Esa decisión se ampara en el hecho de que las consecuencias que se derivan de la nulidad de dicho plan no afectan sólo a los taxistas que lo denunciaron, sino que son 'extensivas' a todos.

El plan de reconversión del sector se aprobó en 1998; suponía la retirada de unas 1.215 licencias al tiempo que obligaba a los taxistas a pagar durante cinco años una contribución especial de 65.000 pesetas por licencia y año. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), avalado por el Tribunal Supremo, anuló el citado plan al considerarlo arbitrario e injustificado porque suponía la desaparición de esas 1.215 licencias. Tras la sentencia del TSJC, asociaciones de taxistas y profesionales a título individual pidieron al Imet la devolución de sus contribuciones especiales y el instituto se negó argumentando que sólo reintegraría el dinero a los taxistas que en su día presentaron demanda judicial contra el plan. Pero ahora el nuevo fallo judicial declara la 'extensión de los efectos' de la sentencia que anula el plan y ordena al Imet que devuelva las contribuciones cobradas a los dos demandantes. El fallo se apoya en la ley reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, que dispone que 'en materia tributaria y de personal al servicio de la Administración pública, los efectos de una sentencia firme que hubiera reconocido una situación jurídica individualizada en favor de una o varias personas podrían extenderse a otras'. Esa extensión es posible, según la sentencia, porque el conjunto de interesados 'se encuentran en idéntica situación jurídica que los favorecidos por el fallo' y porque han pedido la ejecución de esa sentencia en el plazo legal establecido, un año.

Por otra parte, el Tribunal Superior ha dictado otras siete sentencias que desestiman recursos presentados por el Imet y reiteran la nulidad del mencionado plan de viabilidad del taxi.

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