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El Consell abre la puerta a que las universidades contraten profesores en régimen laboral

El órgano que evaluará a los aspirantes no funcionará a pleno rendimiento hasta diciembre

La aprobación del decreto sobre 'el personal docente e investigador contratado', que ayer acordó el Consell, inicia la cuenta atrás para que las universidades públicas puedan fichar profesores e investigadores en régimen laboral, como estipula la LOU. Algunas de la nuevas figuras contractuales requerirán informes positivos de la Comisión Valenciana de Acreditación y Evaluación (si no del órgano estatal equivalente), que ayer fue constituida bajo la presidencia del consejero de Educación, Manuel Tarancón. Pero la comisión no estará a pleno rendimiento antes de diciembre.

El nuevo órgano valenciano de acreditación y evaluación está presidido por el director general de Enseñanzas Universitarias, Salvador Forner, y coordinado por la profesora Cristina Santamarina. Componen el núcleo duro de la comisión 16 catedráticos que no podrán ser sustiuidos ni renovados en 6 años, y procedentes de las universidades de Valencia (6), Politécnica (2), de Alicante (4), Jaume I (2) y Miguel Hernández (2). El consejero, Manuel Tarancón, se refirió al 'ejercicio de equilibrio e imparcialidad de la Administración' en estos nombramientos, de forma que, además, representen 'el mayor número de campos de conocimiento'.

El trabajo de la comisión se distribuirá en 11 áreas de conocimiento y se crearán otros tantos comités de evaluación por campos científicos, integrados por profesores funcionarios con un determinado curriculum académico. El director de Enseñanzas Universitarias reconoció que estos comités no funcionarán antes de finales de año, aunque 'comenzarán a admitirse solicitudes de evaluación' de profesores 'a finales de noviembre o principios de diciembre'.

El ex secretario del Consejo de Universidades, Francesc Michavila, señalaba ayer en Alicante que 'el principal problema' de las evaluaciones previstas por la LOU, 'será encajar bien la agencia nacional con los órganos evaluadores autonómicos'. La diferencia estriba en que las evaluaciones de la agencia estatal tienen validez en todo el territorio nacional, es decir para cualquier universidad del Estado, y las de los órganos autonómicos, no. Forner sugirió la posibilidad de hacer convenios entre agencias autonómicas, de manera que las evaluaciones de unas y otras serían homologables en las universidades de sus respectivas competencias, e incluso con la agencia estatal, aunque en este caso con criterios específicos y 'quizá con una división de funciones', agregó. La comisión valenciana de evaluación abordó también ayer la creación de una subcomisión de seguimiento y control del proceso que afectará a las contrataciones de las figuras de 'ayudante doctor', 'contratado doctor', 'profesor colaborador' y el profesorado de las universidades privadas.

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