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AULAS

El TSJA obliga a Educación a reemplazar a un director hispalense

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con fecha 19 de julio de 2002, declara nula 'por ser contraria a Derecho' la orden de la Consejería de Educación de 18 de octubre de 1997 por la que se destinó a Luis Pérez Saldaña como director del centro de profesorado Sevilla 2 en el municipio sevillano de Castilleja de la Cuesta. La sentencia falla en favor del demandante, Antonio Rodríguez Almodóvar, instando a Educación a que éste ocupe el cargo de director de este centro de profesorado 'con los efectos de ello derivados'.

Los hechos se remontan a 1997, cuando el demandante interpuso un recurso contra esta orden de la Consejería de Educación al considerar que la designación de Luis Pérez Saldaña para dicho cargo no se basó en los méritos profesionales de ambos aspirantes, a quienes se les solicitó que presentasen un proyecto de dirección del centro, su currículo profesional y titulaciones y méritos propios.

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El fallo del TSJA le da la razón a Rodríguez Almodóvar aduciendo que 'cualquiera que sea el criterio que se pueda emplear para las valoraciones, su resultado siempre será claramente favorable al demandante', añadiendo que la libre designación de un puesto 'ha de respetar los principios de méritos y capacidad y no otorga poder omnimodo a la Administración para decidir, lo que podría comportar arbitrariedad'. La sentencia, contra la que caben recursos, señala que el demandante no tiene derecho a reclamar una indemnización por perjuicios.

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